El Senado aprueba tasa cero a 67 productos

El Senado aprueba tasa cero a 67   productos

Senado de la República Dominicana

El Senado aprobó ayer en segunda lectura el proyecto de ley que, de manera provisional, grava con tasa cero en arancel a 67 productos de la canasta familiar.

La pieza legislativa, que también fue aprobada por la Cámara de Diputados, ahora pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.

Durante seis meses

La normativa establece que durante un período de seis meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la ley, la Comisión para las Importaciones Agropecuarias aplicará la tasa cero en arancel de aduanas a 67 productos alimenticios.

El proyecto fue aprobado con una votación de 19 de los 29 senadores presentes en la sesión.

Una de las motivaciones por el Poder Ejecutivo para someter el proyecto es que el reciente conflicto surgido entre Rusia y Ucrania ha impactado al mundo, encarecido de manera significativa los precios de los hidrocarburos y combustibles e insumos para la producción, lo que incide en la economía nacional.

Los senadores también aprobaron, pero en primera lectura, el proyecto que modifica la Ley 4463, para establecer que el traslado de personas al Panteón de la Patria debe formularse mediante una ley.

La iniciativa es autoría del senador Dionis Sánchez.

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Los productos que entrarían con tasa cero

La lista de 67 bienes clasificados la integran las carnes de res en canales o media canales, frescas o refrigeradas, en cortes o trozos, sin deshuesar o deshuesadas y congeladas.

Además, la carne de cerdo; en canales o medias canales, frescas o refrigeradas, piernas, paletas y sus trozos sin deshuesar y las demás partes congeladas.

La carne de pollo sin trocear, frescas, refrigeradas o congeladas. Muslos cortos y largos (piernas) de pollo, incluso unidos, frescos o refrigerados; carne de pollo picada o molida, pechuga, muslo, alas y demás piezas congeladas.

Igualmente, tendrán tasa de 0 % de arancel de importación las leches en polvo, en gránulos o demás formas sólidas, sin adicional de azúcar o edulcorante.

Se establecen referencias a los contenidos netos inferiores o iguales a 2.5 kilogramos o materias grasas inferiores o superiores al 1.5 por ciento en peso.

La mantequilla, margarina, excepto margarina líquida, ajos, arvejas, frijoles negros, rojos, blancos, puntos, giros y jacomelos, lentejas, habas, guandules, y guisantes están incluidos en el proyecto de ley.

Asimismo, las harinas de trigo y de maíz, los aceites de soya, de cacahuete (maní), de girasol y de maíz refinados. Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma y que no contengan huevo, pastas alimenticias cocidas o preparas de otra forma, panes sobao, de agua, integral, tipo “baguette” y de molde, incluso congelado y los demás panes, complementan la lista de cero por ciento de aranceles de importación.

Otros productos son las arvejas, frijoles rojos, negros y blancos, y demás frijoles desvainados o no enlatados, así como el maíz dulce y guandules enlatados.

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