Solamente al poeta le está permitido en su metafórico lenguaje certificar un fallecimiento por amor. Ya nuestro cantautor y músico compositor, Rafael Solano, hijo legítimo de la falda de la loma Isabel de Torres, bañada con la espuma atlántica, nos convenció de que: “Por amor fue una vez al calvario/ con una cruz acuesta /aquel que también por amor /entregó el alma entera”. Miguel Bosé trató de definir ese tipo de muerte: <<?Qué es morir de amor /morir de amor por dentro?/ Es quedarme sin tu luz/ es perderte en un momento>>… Fuera de la musa literaria, y condenado al algoritmo de las ciencias forenses, se ve el investigador médico legal obligado a definir cada término utilizado en su informe forense, para que dicho documento pueda llenar el requisito de ser claro, preciso y sin ambigüedades.
El suicidio en Patología forense pertenece a una de las categorías de muertes violentas; hablamos de éste cuando las evidencias señalan que la víctima se ha privado de la vida intencionalmente. ¿Cómo demostramos que la persona en vida optó por matarse? El caso suele ser más complejo de lo que imaginamos. No es posible obtener una respuesta contundente sobre la manera de muerte con la simple observación del cadáver. Es necesario retroceder a su hoja de vida; indagar acerca de su patrón de conducta, sus últimos eventos sociales, financieros, emocionales y familiares. Datos de expedientes clínicos en los que se constata un estado depresivo, trastorno bipolar, abuso de alcohol y de otras drogas, disturbios de la personalidad, soledad, psico-rigidez y agresividad, entre otros.
La documentación y análisis de la escena del hecho trágico, hallazgo de arma de fuego al lado de la víctima, cuerpo colgado con cuerda alrededor del cuello, tóxicos o frascos de medicamentos vacíos, nota suicida, conjuntamente con una autopsia completa, es un requerimiento imprescindible para arribar, fuera de toda duda médica razonable, a una interpretación correcta de la manera jurídica del fallecimiento.
De más está decir que en fatalidades violentas debemos poner como hipótesis principal el tema del homicidio. Si el estudio detallado nos aleja del hecho criminal, el siguiente renglón a considerar es la muerte accidental, dejando como última opción el suicidio. Si luego de un minucioso trabajo investigativo no se reúnen suficientes evidencias que demuestren que la persona se mató adrede podemos calificar la manera judicial de muerte como Indeterminada. Dicho término significa que el caso permanece abierto hasta tanto aparezcan las pruebas que califiquen de modo claro las circunstancias de la defunción. Establecer una causa básica de muerte bien definida, por ejemplo, un envenenamiento, facilita arribar a un modo de fallecimiento accidental o suicida. Importante señalar que el mundo desarrollado vive una epidemia de suicidios jamás vista. Se calcula en ochocientas mil personas las que optan anualmente por ponerle fin a la vida. Dos hombres se matan por cada mujer que lo hace. Ancianos solteros, divorciados, o viudos sin compañera; jóvenes despechados y adultos con serios problemas económicos son más propensos a quitarse la vida violentamente.
El patólogo forense debe sopesar muy detenidamente su opinión acerca de la manera de muerte en el caso de un supuesto suicidio, ya que tal decisión prácticamente pone fin a la investigación criminal por parte del Ministerio Público, al tiempo que impacta negativamente el entorno psicosocial familiar.