Embajada de EEUU monitorea caso de presunta violación sexual a menor haitiana por parte de agentes DGM

Embajada de EEUU monitorea caso de presunta violación sexual a menor haitiana por parte de agentes DGM

Sede de la Embajada de Estados Unidos en el país.

La DGM condena cualquier acción contra la ley, dijo su director, Venancio Alcántara

La Embajada de Estados Unidos en República Dominicana dijo que monitorea las «preocupantes acusaciones de violación sexual contra una menor» de edad haitiana en Bávaro, supuestamente por miembros de la Dirección General de Migración (DGM) de esa demarcación.

A través de un comunicado, la embajada estadounidense en el país saludó la «rápida acción tomada por las autoridades dominicanas para investigar» la denuncia. «Continuaremos monitoreando este caso mientras las autoridades dominicanas concluyen su investigación y procesan a los responsables, de ser comprobado el hecho, con todo el rigor de la ley», concluyó la comunicación, firmada por Patricia Aguilera, encargada de Negocios de esa agencia diplomática.

De su lado, la DGM dijo que investiga y que interroga a todos los inspectores migratorios que participaron en el operativo de interdiccion el pasado el viernes 5 de abril cuando se registro la acción denunciada.

Las indagatorias se realizan de manera conjunta con el Ministerio Público de la provincia La Altagracia, que está al tanto de los hechos y la Dirección General de Migración coopera con las autoridades para esclarecer el caso.

Venancio Alcántara, director de Migración calificó de reprochable ese tipo de ultraje y garantiza a la ciudadanía que si uno de los inspectores está involucrado en esa violacion tan bochornosa será cancelado y puesto a disposición de la justicia para determine su inocencia o culpabilidad.

Agregó que no tendrá contemplación debido a que no tolera ese tipo de acciones porque a diario a los inspectores migratorios se le instruye para tratar con respeto a los extranjeros interdictados, no importa la nacionalidad, por que su misión es cumplir la ley 285 – 04.