El Poder Ejecutivo emitió el decreto 420-23 que regula los procedimientos del Registro Nacional de Vehículos de Motor y Remolques y contiene la modificación de ese proceso.
También regula la emisión, renovación y revocación de licencias para concesionarios, distribuidores y vendedores de vehículos de motor y remolques, al igual que la clasificación de las placas, de conformidad con lo establecido por la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
Establece que la aplicación de las disposiciones se remitirán a las definiciones y conceptos de la Ley 63-17, y a los demás reglamentos, resoluciones, normativas y órdenes dictadas por las autoridades competentes.
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El Registro Nacional de Vehículos de Motor y Remolques (Rnvmr) es una base de datos que está bajo la dependencia y administración de la Dirección de Impuestos Internos (DGll) para el registro de los vehículos de motor y remolques, con la identificación de su propietario, tanto persona física, como jurídica, o sea empresa.
Establece que las personas físicas y jurídicas deben inscribir en el RNVMR los vehículos y remolques de su propiedad; también que la DGII emitirá el certificado de registro de propiedad del vehículo de motor o remolque denominado matrícula, que acredita su inscripción en el Rnvmr y la titularidad del derecho de propiedad del vehículo de motor y del remolque registrado.