La jueza de la jurisdicción de Atención Permanente de la provincia Peravia, magistrada Loida Amador, impuso medidas de coerción contra varios miembros de una supuesta red que se dedicaba a proveer documentos de forma irregular a nacionales haitianos, desde la Oficialía del municipio de Nizao.
Se trata de Amauri Rosario Aybar, quien deberá cumplir prisión preventiva en la cárcel pública de Baní. Además, se ordenó garantía económica y presentación periódica ante el Ministerio Público para Stalen Falcón, Juan Javier Mariñez Guillén, Elizabeth Mercedes García, Quilcy Paulino y Sujeyri Mercedes Sánchez. Asimismo, la jueza declaró el caso como complejo.
Los imputados fueron apresados luego de que las autoridades realizaran varios allanamientos en las comunidades de Nizao, Santana, Pizarrete, Don Gregorio y Baní. La estructura criminal estaba compuesta por terceros y empleados de la Oficialía de Estado Civil de Nizao, quienes actuaron bajo la Dirección de la Oficial del Estado Civil María Del Carmen Arias Castillo, quien se encuentra prófuga de la justicia, al igual que la imputada Dominga Valdez, pesando contra ambas órdenes de arrestos.
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Un comunicado de prensa indica que la referida red se dedicaba a suplantar identidades de nacionales dominicanos, falsificar documentos públicos y realizar declaraciones de nacimiento fraudulentas para beneficiar a nacionales haitianos.
Se informó que el proceso cuenta con la colaboración de la Junta Central Electoral (JCE).
La investigación está siendo llevaba a cabo por la Fiscalía de Peravia, la Fiscalía adscrita a la Junta Central Electoral, la Dirección Nacional de Seguridad Civil de la Junta Central Electoral, y la Dirección Central de Investigaciones Criminales (Dicrim) y su Departamento de Falsificaciones, con el apoyo de la Dirección Jurídica, la Dirección de Cedulación, la Dirección de Inspectoría y la Dirección de Informática de la Junta Central Electoral.
El caso ha recibido la calificación jurídica provisional de violación a los artículos 265, 266, 145, 146, 147, 148, 150 y 151 del Código Penal Dominicano, que tipifican la asociación de malhechores y la falsificación de documentos públicos, así como los artículos 207 y 208 de la Ley 4-23 sobre Registro Civil, así como los artículos 13 y 14, numeral 4, de la Ley de Cédula No. 8-92, artículos 86 y 88 de la Ley 172-13 sobre Protección Integral de Datos Personales y artículos 6 párrafo 1, 7, 17, 18 y 19 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.
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