Entró en vigencia nueva ley que quita declaraciones tardías

Entró en vigencia nueva ley que quita declaraciones tardías

Entra en vigencia nueva ley

Legislación faculta al TSE para conocer cambios nombres; y a la JCE para rectificación y corrección por vía administrativa

La nueva Ley de Actos de del Estado Civil que elimina la figura de la declaración tardía; otorga competencia al Tribunal Superior Electoral (TSE) para conocer de los cambios de nombre, entro en vigencia el 20 de enero en curso.

La ley número 4-23, además otorga “competencia exclusiva” a los oficiales del Estado Civil, para dar solución a las solicitudes de declaraciones de defunción fuera de plazo, desjudicializando el procedimiento de “declaración tardía”.

Asimismo, otorga competencia definitiva a la Junta Central Electoral (JCE) para conocer los procedimientos de rectificación y corrección de actas del Estado Civil, cuando se trate de la vía administrativa; y al TSE, cuando se trate de la vía jurisdiccional.

El TSE instruyó para que las declaraciones tardías que aún se encuentren en trámite en los tribunales, deben facilitárseles la debida respuesta a los fines de no afectar a las personas usuarias de este servicios. La nueva Ley de Actos del estado Civil deroga la número 659 del 17 de julio del año 1944.

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