El pasado 30 de junio tuvo efecto una de las alzas en la factura eléctrica, que fue pactada cada tres meses hasta el 2026 en el conocido Pacto Eléctrico por el sector empresarial, una parte del sector sindical y el Gobierno sin la anuencia del sector social y la universidad estatal, que estuvieron en las discusiones desde los inicios.
El sector social implica aproximadamente el 60 por ciento de la población, que reúne a juntas de vecinos, asociaciones comunitarias, campesinas, de consumidores, amas de casa, iglesias, asociaciones y federaciones campesinas, juntas de regantes, el movimiento social y ambiental, quedaron al margen del referido pacto, por lo que su legitimidad es cuestionable.
Lo consensuado no solo margina a esos sectores, sino que les perjudica. Ninguno de los representantes del sector social iba a comprometerse con el alza en la tarifa de energía cada tres meses y hasta el 2026.
Además de que ningún pacto puede estar por encima de una ley y en este caso de la Ley 125-01 que, al concebirla, el legislador tuvo la visión de proteger al consumidor, cuando estableció en el párrafo segundo del artículo 93, que el consumidor de energía debía ser compensado con 150 salarios mínimos por cada hora de apagón-en las reuniones a la que asistimos cuando se iniciaron las conversaciones se dijo que eso no era posible – pero está en la ley.
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Otro artículo importante de la Ley 125-01 es el 119, al estipular que la tarifa técnica debía ser revisada cada cuatro años y desde el 2011 no ha ocurrido por lo que la fijación de la tarifa cada tres meses viola la ley; es que la misma no ha partido de lo que establece la norma: una revisión técnica para fijarla cada cuatro años, no cada tres meses.
La factura de julio ha irritado a los consumidores, que le ha llegado hasta triplicada en algunos casos y cuando han ido a reclamar ante el órgano regulador le rechazan la solicitud. Una familia cuyo historial de consumo era de 5 mil pesos le llegó el recibo de julio de 32 mil, y al reclamar en PROTECON, le rechazaron la reclamación, además de que para poder hacerlo hay que pagar el 50 ciento de lo facturado.
El cobro del 50 por ciento de la factura para iniciar una reclamación ante PROTECOM es también violatorio del derecho al reclamo que tiene el consumidor y no figura en la ley; fue producto de una resolución que emitió la SIE para favorecer a las EDES en perjuicio de los consumidores.
Cuando se iniciaron los procesos de privatización de los servicios públicos surgieron los entes reguladores, con el propósito de que el sector opere bajo el marco de la ley y con fortaleza suficiente para defender a los consumidores. La ley 125-01 previó a la Superintendencia de Electricidad, y esta a su vez creó el organismo a través del cual se garantizaría el derecho al reclamo y la defensa de los consumidores y usuarios. El pacto eléctrico debe ser revisado, y cualquier otro que se firme relacionado con los servicios públicos debe tomar en cuenta a los consumidores y usuarios que son los que pagan, como ha sido el caso del servicio de energía.