Finjus considera legislador debió ser más explícito

Finjus considera legislador debió ser más explícito

Código Penal. Destaca ampliación des títulos de intervención

Sin embargo, considera que el texto de estos temas correspondientes al Capítulo 1 del Libro Primero de nuevo Código también deben ser mejorados porque presentan confusión de conceptos y una evidente contradicción al principio de personalidad de las penas.


Señala que a partir de la promulgación del nuevo Código, “será autor quien cometa el hecho u omisión punible por sí solo, en conjunto con otros o a través de la utilización de otro como instrumento”.
En opinión de Finjus esto último supone una confusión “entre el concepto de autor y el criterio de imputación utilizado para la autoría mediata”.


Agrega que también presenta una confusión de conceptos el párrafo que establece que “serán autores quienes induzcan directamente a otro y quienes ayuden al autor en su ejecución con una acción u omisión que sea indispensable para la materialización del injusto”, porque el texto considera autores a los inductores y a los cooperadores necesarios.


La entidad de la sociedad civil indicó que una cosa es que a los fines de la imposición de la penal “inductores y cooperadores sean tratados como autores, y otra muy diferente es que sean los mismos intervinientes.


“El eventual Código Penal lo que pretende es equiparar, a efectos punitivos, estos diversos títulos de intervención; sin embargo, no queda muy claro al momento de establecerlo. En consonancia con esto, solamente serán considerados responsables por las infracciones los autores y los cómplices dice la Finjus en su informe final del análisis integral sobre el proyecto de marras.


Consideró que lo idóneo hubiese sido que el legislador, en una explicación detallada, indicara que tanto el inductor como el cooperador necesario serán equiparados al autor a fines punitivos, y dejara clara la diferencia existente entre estos títulos de intervención.

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