País - Misa de la Oficina Nacional de la Defensa Pública, con motivo del día del Defensor Publico. Eucaristía realizada en el Convento de los Dominicos, y contó con la presencia del Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, y del Secretario General de la FINJUS, Servio Tulio Castaño. Ariel Díaz-Alejo / Periódico Hoy / 21 de diciembre del 2010.
El vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños Guzmán, afirmó ayer que la alegada inconstitucionalidad que le atribuyen algunos a la aprobación de un nuevo estado de emergencia por 45 días resulta de una lectura errónea del artículo 266.3 de la Constitución, que indica que todas las autoridades electivas mantienen sus atribuciones durante el Estado de Excepción.
“Eso hace referencia a que un estado de emergencia no desvirtúa la esencia misma de las funciones del Estado, sin perjuicio de lo anterior, ello no deviene en impedimento para el traspaso de mando a las autoridades electas”, dijo el vocero de la Finjus.
Refirió que los estados de excepción, en este caso de emergencia, confieren ciertas prerrogativas a cargo del ejecutivo y no a título personal de quien sea presidente; así también opera el principio de continuidad del Estado, que enlaza actuaciones de la estructura gubernamental saliente a la entrante.
Destacó que la decisión de encaminarse en una nueva solicitud de estado de emergencia fue fruto de un consenso entre las autoridades electas y las actuales, esto así para afrontar el contexto actual respecto de la crisis sanitaria y en salvaguarda de la salud del pueblo dominicano.
Ayer el Senado aprobó el estado de emergencia por 45 días, a solicitud del Poder Ejecutivo.
Este nuevo estado de emergencia fue acordado entre el presidente Danilo Medina y el electo presidente Luis Abinader, durante el primer encuentro que ambos sostuvieron la semana pasada en el Palacio Nacional.