La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) defendió ayer que con la sentencia sobre la Ley 10-15, que reforma el Código Procesal Penal (CPP), el Tribunal Constitucional al igual que el Tribunal Constitucional, “busca mantener un equilibrio razonable entre los poderes del Estado”.
Servio Tulio Castaños Guzmán, vocero de la entidad de la sociedad civil, recordó que el control de constitucionalidad surge para garantizar la supremacía constitucional como eje mayor jerárquico en el ordenamiento jurídico.
En ese sentido, indicó que el artículo 76 de la Carta Magna, “advierte la conformación bicameral del Congreso” e introduce a su vez el principio de deliberación conjunta.
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“Así, si en igual tesitura analizamos lo dispuesto en el artículo 93 y siguientes, la Constitución incorpora una clara separación de poderes respecto a las atribuciones y potestades del Congreso Nacional”, dijo.
Señaló que ya con anterioridad, en la sentencia TC/0599/15, el TC también advertía sobre la ponderación de esos principios, al identificar que la configuración del sistema bicameral dominicano, establecido por la Constitución, resulta balanceado y equilibrado, porque a las dos cámaras compete, por igual, incidir en la función legislativa.
Y continúa diciendo que “La organización bicameral no solo cumple con la finalidad de articular voluntades individuales para generar una voluntad única, sino, que también procura introducir una mayor racionalidad en el mecanismo de toma de decisiones”.
Sostuvo que el conocimiento de la sentencia TC/0765/24 no busca meramente expulsar del ordenamiento la Ley 10-15, que introduce modificaciones a la Ley 76-02, sino, más bien, en sus funciones de garante de la supremacía constitucional, “mantener la configuración de un sistema de control para las normas y decisiones”.