El abogado constitucionalista, Cristóbal Rodríguez, aseguró este jueves que para acatarse la nueva sentencia del Tribunal Constitucional que abre la puerta a la creación de candidaturas independientes debe reformarse la Carta Magna.
Explicó al respecto que la Constitución establece claramente las organizaciones que deben converger en el escenario de participación política.
«Yo pienso que la decisión del Tribunal Constitucional, con certeza bien intencionada, probablemente razonada en criticas más que razonables, que se pueden hacer, para rediseñar el sistema de participación política» puntualizó Rodríguez en una entrevista en el programa El Día que se transmite por Telesistema canal 11.
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Mencionó en ese sentido los artículos donde se especifica que las aspiraciones independientes están fuera del plató electoral.
«Yo creo que en este ámbito la Constitución, no se lo permite, lo primero es que en el articulo 216 de la Carta Magna, solo establece tres tipos de candidaturas, dentro del sistema» subrayó el especialista.
Rodríguez dijo en ese sentido que, hay una «andamiaje de normativas» que facultan agrupaciones exclusivas.
«La premisa es que solo los partidos presentan candidatos y en aras de favorecer a una clase especifica de los partidos minoritarios, para diversificar la cámara de diputados «
Articulo 201:
Los partidos o agrupaciones políticas, regionales, provinciales o municipales harán la presentación de candidaturas a las elecciones municipales y de distritos municipales para alcalde o alcaldesa, regidores o regidoras, directores o directoras y sus suplentes, así como los vocales, de conformidad con la Constitución y las leyes que rigen la materia.
El número de regidores y sus suplentes será determinado por la ley, en proporción al número de habitantes, sin que en ningún caso puedan ser menos de cinco para el Distrito Nacional y los municipios, y nunca menos de tres para los distritos municipales. Serán elegidos cada cuatro años por el pueblo de su jurisdicción en la forma que establezca la ley.