Identifican responsables de campaña contra ministro Lisandro Macarrulla

Identifican responsables de campaña contra ministro Lisandro Macarrulla

Lisandro Macarrulla, exministro de la Presidencia. Foto de archivo.

Macarrulla otorga plazo de 24 horas para que se retracten.

Miguel Ángel Severino, dirigente del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y Delvys Radhames Lanfranco Veras, miembro del Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), fueron identificados como los principales responsables de ejecutar una campaña de descredito contra el ministro de la presidencia, Lisandro Macarrulla desde las cuentas de la plataforma social Twitter @allthager y @delvyslanfranco respectivamente.

Según un comunicado enviado a los medios de comunicación, los señalados fueron emplazados a retractarse públicamente o de lo contrario serían sometidos a la justicia por difamación e injuria. Ambos fueron notificados a través del abogado Miguel Valerio.

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En el acto les fue otorgado un plazo de un día franco para que eliminen las publicaciones en las que se habrían producido las expresiones difamatorias en contra del empresario y funcionario, y se retracten públicamente de las afirmaciones vertidas en su contra.
 
En la notificación se hace referencia al artículo 44 de la Constitución dominicana que se refiere al “Derecho a la intimidad y el honor personal”.  “Toda persona tiene derecho a la intimidad. Se garantiza el respeto y la no injerencia en la vida privada, familiar, el domicilio y la correspondencia del individuo. Se reconoce el derecho al honor, al buen nombre y a la propia imagen. Toda autoridad o particular que los viole está obligado a resarcir o repararlos conforme a la ley.”


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“La difamación cometida a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicación o audiovisuales, se sancionará con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a quinientas veces el salario mínimo”, artículo 21 de la Carta Magna que se refiere a la  difamación. 
 
La injuria pública cometida a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones, o audiovisuales, se sancionará con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a quinientas veces el salario mínimo”, artículo 22 de la Constitución de la República.

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