Es incuestionable que las Alianzas Público-privadas son una declaración oportuna de buenas intenciones del Poder Público tendentes a crear la estrategia requerida para la superación de la crisis originada por la pandemia, ya que como secuela de esta, nuestra economía, como en todo el mundo, ha sido afectada y según las apariencias, la fecha para su final no se vislumbra cercana, por lo cual tendremos muchos daños causados por esta peligrosa enfermedad.
La ley No. 47-20 de Alianza Público/Privada fue promulgada el día 20 de febrero de 2020 y uno de sus considerando expresa :”que la experiencia internacional en estas alianzas públicas /privadas revela que su desarrollo e implementación permite enfrentar de forma más oportuna las limitaciones presupuestarias tradicionales al promover la ejecución y operación de las obras y servicios por parte del sector privado así como diversificar la gama del servicios e infraestructuras públicas al permitir la incorporación de innovaciones y nuevas iniciativas.
Un examen del significado de las alianzas públicas-privadas indica que constituyen un símil de las leyes de incentivos sobre todo en lo concerniente a los tributos, porque estos son utilizados en una de sus funciones, en este caso se le da un uso extrafiscal, puesto que no se persigue recaudación, porque el objetivo es llevar directamente al núcleo social la redistribución de riqueza.
Hemos visto críticas bajo el argumento de que dichas alianzas son un subterfugio para privatizar con otro nombre actividades económicas y servicios, pero debemos recordar que en la especie el Estado actúa como regulador y que hoy más que nunca, tanto el Gobierno como el pueblo, tienen la mira puesta en cada actuación de sus servidores, para defender los derechos de todos.
En la Ley comentada se exhibe en su espíritu y letra el resguardo del interés nacional, disponiendo que cuando las alianzas conlleven la enajenación de bienes del Estado, afectación de rentas nacionales, la realización de operaciones de créditos públicos o implique exenciones de impuestos, el contrato debe ser aprobado por el Congreso Nacional.
En nuestra opinión esta alianza resulta ser el camino más expedito para lograr a corto y mediano plazo, la recuperación económica pues no siempre se requerirá el sacrificio fiscal, sino todo lo contrario, la mayoría se convertirá en una fuente de ingresos.