Indotel otorga a la OPTIC autorización para operar como «Entidad de Certificación de Firma Digital»

Indotel otorga a la OPTIC autorización para operar como «Entidad de Certificación de Firma Digital»

El presidente del Indotel, Luis Henry Molina, entrega al director general de la OPTIC, Armando García, la certificación de firma digital.

El consejo directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) aprobó mediante la resolución número 024-18 de este mes de junio del 2018, la solicitud de la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y la Comunicación (OPTIC), para operar como Entidad de Certificación de Firma Digital. 

La medida fue aprobada, adoptada y firmada por el consejo directivo del Indotel que integra su presidente, Luis Henry Molina, y los miembros Yván L. Rodríguez, en representación del Ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, miembro Ex Oficio; Marcos Peña Rodríguez, Fabricio Gómez Mazara y Nelson Guillén Bello, así como César García, secretario ad hoc del organismo regulador. 

La autorización fue entregada por el presidente del Indotel, Luis Henry Molina, al director general de la OPTIC, Armando García, durante un acto celebrado en la sede de la institución que recibe. 

Significó que esta certificación es un  avance que da más  eficiencia  a  los procesos de las instituciones del país. 

Molina dijo que es un honor entregar por primera vez esta certificación a la OPTIC, señalando que  “se ve fácil, pero ha sido una  ardua labor, y quiero felicitar y reconocer por este trabajoal Director de Ciberseguridad, Comercio Electrónico y Firma Digital del  Indotel, César Moliné. 

También  trabajaron en la elaboración de la firma digital los técnicos Ruddy Severino y José Luis Hernández, del equipo de especialistas de la OPTIC. 

El presidente del Indotel destacó la importancia de esta medida que ha sido adoptada en el marco de las ejecutorias del gobierno electrónico que impulsa el Presidente Danilo Medina a través del programa República Digital. 

Declaró que este proceso conllevó una extensa revisión de las políticas y las prácticas de certificación, así como las políticas de seguridad para garantizar la confiabilidad de los sistemas y plataformas. Agregó que se realizaron auditorías de cumplimiento con el citado marco legal y regulatorio por lo que se entendió que no existía objeción para el otorgamiento de dicha autorización. 

Mientras que el ingeniero Armando García, puntualizó que se encuentran trabajando para que la firma digital sea aplicada en todo el ecosistema estatal, como parte de su compromiso con un Gobierno Digital, Abierto y Transparente. En ese orden, resaltó el taller impartido por esa entidad a más de 70 instituciones públicas con la finalidad de mostrar los alcances y modo en que se opera la firma.

Hasta el momento el país cuenta con 46 instituciones que utilizan firma digital en sus procesos electrónicos, sin embargo, según las declaraciones de García, a partir del próximo año tendrán disponible más de un millón de certificados para entregar a instituciones y ciudadanos, lo que les permitirá tener este mecanismo para los procesos y servicios realizados de manera electrónica.

Todo esto es parte de nuestro plan de fortalecimiento institucional que estamos desarrollando a fin de asegurar la mejora continua de los servicios de gobierno electrónico que ofrecen las entidades públicas”, expresó.  

Apuntalar gobierno electrónico

La autorización tiene el propósito de facilitar a la OPTIC operar como entidad de certificación, con miras a apuntalar y garantizar un gobierno electrónico seguro en todo el territorio nacional, especialmente en la provisión de certificados de firma digital a instituciones y servidores públicos, señala la resolución. 

Igualmente, permitirá afianzar la seguridad y privacidad en todas las interacciones electrónicas que los ciudadanos tienen con los servicios del Estado, particularmente con las transacciones en línea del Programa República Digital. La disposición tendrá una duración de cinco años, contados a partir de la notificación de esta decisión, de conformidad con lo que dispone el artículo 74.1 del Reglamento de Aplicación de la Ley número 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales. 

Establece que la OPTIC deberá ajustarse y dar cumplimiento a todas las regulaciones y normas presentes o futuras dictadas por el Indotel que sean aplicables a los servicios que proveerá, además de observar lo dispuesto por los artículos 40 de la citada Ley y 17 del Reglamento, en lo que concierne a las obligaciones a cargo de las Entidades de Certificación. 

La decisión se adoptó a raíz de que la OPTIC se sometiera al proceso de autorización, el cual conllevó una extensa revisión de las políticas y las prácticas de certificación, así como las políticas de seguridad para garantizar la confiabilidad de los sistemas y plataformas.

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