Intrant y la decisión de ampliar el alcance de sus regulaciones

Intrant y la decisión de ampliar el alcance de sus regulaciones

Invocando la Ley 63-17 y las facultades que le confiere, el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) impuso multas a compañías de transporte colectivo que en sucesivos accidentes en la zona turística del Este causaron múltiples víctimas mortales y de lesiones graves en este mismo año.

Justificó sus sanciones en la detección de graves irregularidades por ser empresas que operaban sin el registro instituido para proteger la integridad física de los usuarios y que habrían puesto sus autobuses en manos de conductores sin licencias especiales y sin la acreditación que para ese tipo de servicios requieren normas legales. Una omisión del organismo llamado a supervisar y a restringir con inflexibilidad que costaron vidas de dominicanos y turistas extranjeros.

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Un vacío de controles que, además, no deberían estar circunscritos a rutas del turismo, existiendo en gran parte del resto del país, y particularmente en Santo Domingo, una intensa circulación de unidades de transporte público atadas a gremios y razones sociales que deben responder por lo que ocurra si se causan daños a terceros quebrantando regulaciones.

Lo mismo procede con la expansión de las mensajerías motorizadas vistas en agresiones sin cuartel a las disposiciones de tránsito; sin que se haya exigido a las firmas contratantes que desenvuelvan sus ejercicios de «libre empresa» en un marco de disciplina que garantice la presencia en las calles de conductores responsables, entrenados con rigor y mentalmente aptos.

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