Jean Alain sufre otro duro revés del Ministerio Público

Jean Alain sufre otro duro revés del Ministerio Público

Con el rechazo a su instancia de recusación al equipo de fiscales que lo investiga por supuestos actos de corrupción, el exprocurador general Jean Alain Rodríguez sufre su cuarto revés en su intento por desarticular el proceso penal iniciado por el Ministerio Público en su contra.

La respuesta de la defensa de Jean Alain a la decisión adoptada por el procurador adjunto Rodolfo Espiñeira no se se hizo esperar, y le advirtieron que no se quedarán de brazos cruzados en su lucha por la libertad de su defendido.

Espiñeira rechazó la objeción de Jean Alain a Yeni Berenice, Wilson Camacho y otros tres fiscalesporque tuvieron vínculos laborales con él, argumentando, entre otras cosas, “falta de seriedad procesal” .

Espiñeira Ceballos recuerda, mediante el Auto 000020, de fecha 14 de marzo de este 2022, que funge como procurador general en el caso contra Rodríguez Sánchez, en virtud de que la magistrada Miriam Germán Brito, máxima
representante del Ministerio Público, se inhibió de ese proceso.

El auto explica que Carlos Balcácer, Gustavo Biaggi Pumarol y Francisco Franco, abogados del procesado, enviaron a Germán Brito la notificación sobre la recusación y la solicitud de inhabilitación de los fiscales incoada por el procesado. Añade que, de inmediato, la magistrada la reenvió a Espiñeira Ceballos atendiendo a que está inhibida en el caso.

Cita varios artículos de la Ley 133-11, Orgánica del Ministerio Público, y el Código Procesal Penal.

Al evidenciar la falta de argumentos válidos para la recusación, Espiñeira Ceballos plantea que Rodríguez Sánchez “lo único que pretende al parecer es evadirse de la persecución penal de que es objeto”.

Uno más del montón

Así calificó la defensa de Jean Alain a Espineira, de quien dijo “se le conoce en el quehacer judicial gracias al PLD”, porque como profesional del Derecho nunca tuvo ni siquiera una relativa demanda profesional.

Carlos Balcácer dijo que el Código está diseñado para que el MP no tenga quien lo investigue ni los acuse si no ellos mismos, salvo en las infracciones privadas, de las cuales escapan ellos”.