Un juez del Distrito Judicial de Samaná declaró inadmisible una acción de amparo presentada por el Instituto de Abogados para la Protección del Medio Ambiente (INSAPROMA) impedir la reubicación de los equipos de producción de energía de la Generadora Eléctrica de Samaná, (GES) que están en el área urbana de Las Galeras.
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La sentencia fue emitida por el juez Modesto Amarante, de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia de Samaná, el día 8 de este mes.
La audiencia se celebró después de tres reenvíos provocados por faltas atribuibles a ISAPROMA.
La decisión fue publicada el 22 de este mes.
La nueva ubicación está a ocho kilómetros del centro de Las Galeras, una zona sin vocación turística, en el centro de una propiedad de 50 mil metros cuadrados sin viviendas vecinas.