Jueza emite fallo contra los imputados en el caso Camaleón

Jueza emite fallo contra los imputados en el caso Camaleón

¿Por qué los jueces varían coerción, debilidad o falta de pruebas?

La jueza Fátima Veloz, de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, emite en estos momentos su decisión sobre la solicitud de medida de coerción contra Hugo Beras, exdirector del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), José Ángel Gómez Canaán (Jochi), propietario de la empresa Aurix S.A.S., y los demás implicados en el caso Camaleón.

De acuerdo a lo informado por el titular de la Procuraduría Especializada de Persecución a la Corrupción Administrativa (PEPCA), Wilson Camacho, el Ministerio Público presentó ante el tribunal una lista ocupada a los imputados, la cual demuestra que la estructura criminal daba seguimiento a miembros del sistema de justicia y pone en evidencia su modus operandi.

Wilson Camacho detalló que esta y otras pruebas son más que suficientes para que la jueza Fátima Veloz, de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, acoja la solicitud del Ministerio Público, que incluye la solicitud de prisión preventiva y la declaración del caso como complejo, debido al volumen de pruebas y la gravedad de los hechos imputados.

Los imputados son el exdirector del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), Hugo Beras; Frank Díaz Warden, excoordinador de Despacho y representante de Beras ante el Comité de Compras del INTRANT; Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda, exdirector de tecnología del INTRANT; José Ángel Gómez Canaán (Jochi), propietario de la empresa Aurix S.A.S.; Pedro Vinicio Padovani Báez, exencargado del Centro de Control de Tráfico del INTRANT; Juan Francisco Álvarez Carbuccia, director administrativo y financiero del INTRANT y Carlos José Peguero Vargas.

Camacho también advirtió que, a medida que avance la investigación, se agregarán nuevas personas e imputaciones al proceso. «El desarrollo de la investigación nos seguirá indicando quiénes y qué debemos agregar», puntualizó.

Durante la Operación Camaleón se allanaron residencias y empresas en el Distrito Nacional, Santo Domingo Este, San Cristóbal y Punta Cana. En este operativo participaron, aproximadamente, 170 efectivos de la Policía Nacional, Unidades Especiales y más de 30 fiscales especializados contra el crimen organizado.

En los allanamientos se ocuparon cientos de evidencias que confirman las imputaciones del Ministerio Público. Por esta razón, el órgano persecutor ha calificado la Operación Camaleón como una de las “más exitosas” contra el crimen organizado.

El Ministerio Público dijo que presentó, entre otras pruebas, un contrato fraudulento para la modernización del sistema de semaforización del Gran Santo Domingo y un contrato ilegal entre el Ministerio de Defensa y la empresa Aurix, utilizado para usurpar funciones de organismos de inteligencia, seguridad y defensa del Estado. También se presentó evidencia relacionada con el sabotaje a la red semafórica en agosto, todos ellos elementos claves del proceso.

Los imputados en Operación Camaleón son investigados por conductas típicas a lo establecido en los artículos 146, numeral 1 de la Constitución de la República Dominicana (proscripción de la corrupción); artículos 123, 124 (coalición de funcionarios), 147, 150 y 151 del Código Penal dominicano (uso de documento privado); 171 y 172 (desfalco), artículos 265 y 266 (asociación de malhechores), así como el artículo 405 (estafa en perjuicio del Estado dominicano) del Código Penal dominicano; artículos 11, 17, 27, y 28 (sabotaje, robo de identidad, crímenes y delitos contra la nación, y actos de terrorismo), de la Ley núm. 53-07, contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

Así como, los artículos 5, 33, 34, 35, 36, (contrabando) de la Ley 17-19 sobre la Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados; y los artículos 2, 3, 4, 5, 8, 9, y 10 (Lavado de Activos) de la Ley 155-17 sobre Lavados de Acivos y Financiamiento del Terrorismo, artículos 5, 8 letra F y 26 de la Ley núm. 267-08 sobre Terrorismo, y crea el Comité Nacional Antiterrorista y la Dirección Nacional Antiterrorista, artículos 66, 67 y 69 de la ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, todo esto en perjuicio del Estado dominicano.

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