El 25 de febrero del 2010 debió entrar en vigor la sección de la Norma NORODOM 53, que estipula que la información nutricional de los productos preenvasados debe estar expresada en español, cumpliendo con varias leyes que así lo establecen.
En la fecha referida no fue posible aplicar la norma, pese a que desde hacía más de un año se habían realizado numerosas reuniones para consensuar sobre el cumplimiento de las leyes, pero no se arribó a ningún puerto porque fue evidente la resistencia de sectores que, como siempre, se empecinan en negarle derechos a las personas.
El día D para aplicar la norma, el sector empresarial representado en el Consejo de PROCONSUMIDOR alegó que había 66 mil productos en otros idiomas que no estaban listos para cumplir con los requisitos. Esta vez no pidieron una nueva prórroga, pero sí que se permitiera una etiqueta complementaria, para suplir la información requerida. Se llegó a un consenso, se permitió la información complementaria, pero hubo un error, no se estableció el tamaño de las letras ni el lugar donde debía ser colocada, y de ahí las “letras chicas” en los rótulos de los alimentos.
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Entonces vinieron las quejas de los consumidores: “no se puede leer la etiqueta porque las letras son muy pequeñas, tapan las fechas de caducidad del producto, obstruyen la lectura en otro idioma”. Eso se ha convertido en desinformación al final de la historia.
Se cumplió con la etiqueta complementaria, pero los consumidores alegan que no les llega el mensaje. Es conveniente saber que la Ley de Salud, la 42-01, la Ley de Medio Ambiente, 64-00, la 358 -05 de Protección de los Derechos del Consumidor, más la NORODOM 53, que es la norma dominicana que regula la información nutricional en los productos preenvasados, obligan a una información veraz, verificable y suficiente para que el consumidor ejerza el derecho a tomar decisiones acertadas.
Hace unos meses un vecino me abordó para mostrarme un queso que había comprado en un supermercado donde la “etiqueta complementaria” bloqueaba no solo la fecha de caducidad del producto, sino la información en el inglés que él podía leer, – cosa que no es del dominio de todos los dominicanos-. Alegó: “que no cubran la información en el otro idioma, una por la dificultad de leer las letras en que está escrita y el otro porque desinforma”.
El incumplimiento de las leyes, de las normas referentes a los alimentos preenvasados, nos obliga como país a que nos aboquemos a que los poderes del Estado se determinen a garantizar el derecho a la información sobre la alimentación en sentido general y, en particular, sobre los alimentos preenvasados producidos en el país – que el idioma no necesita traducción en un rótulo – y los importados. Esto es necesario porque la alimentación además de un derecho debe garantizar la salud de los ciudadanos.
El derecho a la alimentación es derecho a la salud. Si tenemos excelente información sobre la alimentación saludable, tendremos un pueblo sano donde se reduciría el presupuesto en salud, porque habría menos enfermos. La salud y la enfermedad entran por la boca.