Tienen vigencia en el papel las normas para diferentes objetivos institucionales con las que está armada la Junta Central Electoral (JCE) para que las competencias comiciales se desarrollen con orden y transparencia. Pero la belleza de las teorías necesita el respaldo de facultades, ausentes en dos importantes leyes actuales, que subrayen la obligatoriedad del acatamiento.
Antes de que sea tarde, y con el calendario en contra para el 2024, el Congreso debe encaminarse sin demoras al reforzamiento de autoridad que persiguen las reformas parcialmente consensuadas ya y con el auspicio constitucional del propio órgano.
Sin el recurso disciplinario en que ha estado siempre, los partidos políticos podrían seguir haciendo campaña sin límites de tiempo, financiarse con extralimitaciones y excederse en la publicidad restando equidad a las justas para luego no rendir cuentas por sus agresiones al esquema establecido para terciar que incluyen exponer la procedencia de los recursos empleados.
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De poder seguir haciendo lo que mejor resulte a intereses desbocados sin sufrir alguna consecuencia, incluyendo seguramente exclusión de candidaturas, seguirá menoscabada la capacidad de captar la voluntad popular con absoluta fidelidad e igualdad de participación.
Las sospechas y visibilidades de que determinados contendientes violan las reglas de juego siempre han tenido potencial suficiente para convulsionar cierres de consultas electorales, lo que debe prevenirse con poder reglamentario.