La SIP externa preocupación por atentados prensa

La SIP externa preocupación por atentados prensa

Senado de la República

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) expresó preocupación por proyectos de ley en República Dominicana que insisten en el carácter penal de la difamación, incluso en el ciberespacio, y sobreprotegen a los dirigentes políticos ante las críticas.

Todo ello genera un efecto de inhibición para la libertad de prensa y la labor periodística, indica un comunicado del gremio publicado en el portal www.sipiapa.org.

De acuerdo al documento, una reforma al Código Penal dominicano sanciona con prisión las ofensas en contra del presidente, ministros, legisladores y representantes diplomáticos, lo que la SIP considera contrario a los estándares internacionales que promueven eliminar el delito de desacato para evitar privilegios de las autoridades por sobre los ciudadanos.

Asimismo, señala que el Gobierno del presidente Luis Abinader presentó el 14 de junio pasado al Congreso un proyecto contra la ciberdelincuencia, que reemplazará la Ley 5307 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.

El nuevo proyecto aumenta de uno a cuatro años la pena de cárcel por difamación y mantiene el delito de injuria con una multa de 500 salarios mínimos, sin cárcel. El proyecto obliga a los proveedores de servicios que eliminen material considerado discriminatorio en 24 horas, para evitar multas.

En ese contexto, el presidente de la SIP, Jorge Canahuati, expresó su preocupación, por considerar que la República Dominicana está actuando en posición contraria a la libertad de prensa.

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Canahuati, presidente del Grupo OPSA, de Honduras, agregó que estas son épocas para descriminalizar los delitos de difamación cuando se refieren a personas públicas y para eliminar los privilegios de los poderosos, “no para potenciarlos, como bien lo hicieron en República Dominicana años atrás».

Hizo referencia al beneplácito que expresó la SIP en 2016 por la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló siete artículos de la Ley 6132, que criminalizaban los delitos de difamación e injurias en casos de interés público.

La Corte consideró que eran violatorios del artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos sobre libertad de expresión. La decisión fue adoptada en virtud de un recurso de inconstitucionalidad presentado en 2013 por los directores de los periódicos El Día, Listín Diario y El Caribe y por la Fundación Prensa y Derecho.

En tanto, el presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, Carlos Jornet, director periodístico de La Voz del Interior, de Argentina, consideró importante que las autoridades dominicanas traten de adaptar la legislación nacional a los criterios de la jurisprudencia interamericana.

Dijo que “legislar a ciegas conlleva el riesgo de que se retroceda décadas y se caiga en los autoritarismos del pasado, siempre dispuestos a cercenar la libertad de prensa y la labor independiente y crítica de los medios y periodistas”. Canahuati y Jornet recordaron que el presidente Abinader firmó, en octubre de 2020, la Declaración de Salta, sobre Principios de Libertad de Expresión en la Era Digital, que remarca la actitud que deben tener los gobernantes para resguardar las libertades en el ámbito digital.

“Lamentamos que se deconstruya lo que con tanto esfuerzo el Gobierno logró construir en los últimos años», dijeron las autoridades de la SIP.