La legislación laboral dominicana fue creada en la denominada Era de Trujillo. Durante esta época se puso en vigencia las Leyes 352 y 385 de 1932 que reglamentó por primera vez las relaciones laborales y le dio competencia y atribución a los juzgados de paz para conocer de las indemnizaciones laborales. Las decisiones de estos tribunales eran susceptibles de recurso de casación. En ese sentido, las relaciones laborales antes del año 1930 estaban regidas por los Arts. 1779 al 1781 del Código Civil del año 1804, bajo el nombre de arrendamientos de servicios aplicables a los asuntos laborales; a pesar de que en el año 1924 la República Dominicana ingresó a la Organización Internacional de Trabajo (OIT), hasta el 1930 nuestro país no había aceptado ninguna de las recomendaciones o sugerencias de la OIT.
Durante esta era en que el pueblo fue gobernado con mano dura también se promulgó en el año 1931 la Ley No. 247 con la que se estableció la cédula de identidad, documento obligatorio para todo dominicano. También en el año 1934 fue dictada una nueva Ley de Migración y en 1938 fue promulgada la Ley No. 51 con la que se estableció la nacionalización del trabajo, fijando que las empresas deben contar con una mano de obra dominicana de por lo menos 70%. Posteriormente, en el año 1958, para evitar problemas migratorios, se firmó un acuerdo bilateral entre el Estado dominicano y el haitiano que reglamentaba la contratación y repatriación de braceros o jornaleros haitianos. Es decir, a pesar de que en el año 1930 éramos todavía una nación incipiente, fue durante los 31 años de la Era de Trujillo que nuestro país registró el mayor movimiento legislativo de su historia.
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El dictador por igual había concluido con los trabajos de delimitación fronteriza en el año 1936-1937, dispuesta por el tratado fronterizo con Haití de 1929; sin embargo, la presión demográfica de haitianos y la masiva inmigración ilegal era constante e irritante para Trujillo, estando esto entre las razones de la cruel matanza de haitianos en el año 1937, provocando una de las crisis internacionales más graves que tuvo Trujillo, teniendo el dictador que admitir su culpabilidad ante la presión ejercida por los Gobiernos de Estados Unidos y Francia, pagándole además una indemnización al país vecino. Esta crisis internacional, así como para evitar más problemas con los inmigrantes haitianos y las organizaciones industriales del país, Trujillo designó una comisión compuesta de los mejores juristas del país, que tomaron como inspiración a una de las legislaciones laborales más modernas de la época (Ley Federal de México) y las orientaciones francesas que hemos adoptado en la mayoría de nuestras instituciones jurídicas, por igual contando con las recomendaciones de la OIT. Por tal razón, la legislación laboral era tan avanzada que todavía en la reforma de 1992 (Ley 16-92) lo que se produce es una refundición procesal, enmiendas o retoques al mismo Código de Trabajo de 1951, el llamado Código Trujillo.
En definitiva, el pueblo dominicano en su mayoría debería dejar atrás sus diferencias políticas o partidistas, teniendo en cuenta las lecciones y errores históricas entre República Dominicana y Haití, para apoyar al presidente de la República en los pedidos reiterados de la intervención de la ONU, EEUU y Canadá en la solución de la grave crisis y guerra civil haitiana, donde ya hay más de mil muertes en los primeros cuatro meses del año. Esta espera en tomar acciones por parte de los organismos internacionales parecería que están esperando que la situación empeore aún más y que se produzca un conflicto fronterizo- regional para intervenir la isla y limitar la soberanía dominicana para tratar de resolver la crisis haitiana en territorio dominicano.