El abigeato es el robo de ganado. Es un delito punible y estipulado en los códigos penales de muchos países. Puede ocurrir con el ganado mayor (bovino, equino) y el menor (porcino, caprino u ovino). El Congreso dominicano estudia el proyecto de Ley que castiga el Abigeato, de la autoría del diputado Jorge Cavoli. La ley castigará con 1 a 3 años de cárcel los delitos simples y con 4 a 10 años de prisión los casos agravados. El hurto de 1 a 5 cabezas de ganado mayor y/o 10 cabezas de ganado menor.
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También comete abigeato, todo aquel que mutile a propósito un animal ajeno, para que el dueño se vea compelido a venderlo a precio irrisorio.
En Colombia, la ley de abigeato aplica la extinción de dominio contra los vehículos y propiedades utilizados para transportar los animales y/o las carnes cuando éstos fuesen descuartizados.