Ley del régimen electoral

Ley del régimen electoral

Luego de casi una década deambulando incidentada y accidentada en medio de disquisiciones políticas partidarias, el Congreso Nacional finalmente aprobó la legislación llamada a blindar el sistema electoral contra fraudes y subterfugios. ¡Bienvenida!, pues, la Ley Orgánica del Régimen Electoral, cuya aprobación final, sin embargo, requirió la convocatoria del presidente Danilo Medina a un periodo extraordinario de sesiones de las cámaras, porque nuevamente habría perimido.
Esa ley complementa la de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que entró en vigor el año pasado. Ambas formaron parte del consenso arribado por la clase política para aprobar la Constitución del 2010 y robustecer el sistema electoral, victima tradicional de fraudes, maquinaciones, maniobras y errores.
La ley acaba con el denominado transfuguismo, fija topes al financiamiento de los partidos políticos en periodos electorales y permitirá a la sociedad civil postular candidatos de forma independiente en los tres niveles de elección que se registran en el país: presidencial, congresual y municipal.
La del Régimen Electoral crea la “Procuraduría Especializada Contra Delitos Electorales”, dependencia del Tribunal Superior Electoral (TSE), pero dirigida penalmente por el Procurador General; perseguirá agresiones como la compra de cédulas, doble votación y usurpación de identidad, considerados todos violaciones penales cuyas sanciones entrañan multas y prisión. Mantiene el sistema de arrastre en la elección de senadores y diputados.
La citada ley fue estudiada y organizada por una comisión bicameral, la cual ponderó las opiniones y réplicas de los partidos y agrupaciones políticas, la sociedad civil, el empresariado y los medios de comunicación.
No hay ley perfecta; pero la del Régimen Electoral es un blindaje que preserva el sistema político.

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