Resulta cuesta arriba pensar que los distinguidos abogados de la defensa técnica de los imputados del caso Odebrecht, calificados juristas ensimismados en sus viejos trucos y éxitos, no conocen la norma procesal dominicana.
La simple lectura de la declaración de prensa de la Suprema Corte de Justicia emitida sobre la decisión que rechaza los incidentes y excepciones a cinco imputados, lleva a la conclusión de que el procurador General, Jean Alain Rodríguez, tiene toda la razón cuando asegura que los recursos presentados por los abogados defensores durante el proceso de instrucción, no son más que tácticas dilatorias sin ningún fundamento jurídico, las cuales procuran generar la falsa imagen persecutoria acerca del primer juicio del país, históricamente importante, en materia de corrupción transnacional.
Se trata, definitivamente, de distraer, dilatar y debilitar el esperado juicio de fondo, público, oral y contradictorio, cuyas repercusiones servirán para desmentir la supuesta impunidad prevaleciente en la judicatura nacional.
Aquí surge la hipótesis: ¿Por qué pretenden dilatar y desprestigiar el juicio acerca del caso Odebrecht? Porque hay más de 1,700 pruebas presentadas por el Ministerio Público que pueden ser definidas como suficientes e irrefutables.
Cuando el presidente de la SCJ, doctor Luis Henry Molina, rechazó los incidentes y excepciones presentados por cinco imputados, declinando otros para conocimiento del pleno, sencillamente estaba reconociendo de forma implícita la inexactitud del pliego peticionario elevado por los juristas defensores de los imputados, y que juristas de tal estirpe desconocen deliberadamente los alcances y contenidos de la norma procesal dominicana.
El presidente de la SCJ precisó que existe una incorrecta interpretación del artículo 303 del CPP sobre la reconsideración que puede hacer la presidencia de las pruebas excluidas o admitidas en la etapa intermedia.