En la versión anterior (Primera parte) de nuestros escritos, referimos que “sin una efectiva libertad de expresión, materializada en todos sus términos, la democracia se desvanece, el pluralismo y la tolerancia empiezan a quebrantarse, los mecanismos de control y denuncia ciudadana se empiezan a tornar inoperantes y, en definitiva, se empieza a crear el campo fértil para que sistemas autoritarios se arraiguen en la sociedad”.
Ahora corresponde, bajo la premisa anterior, analizar y valorar el principio de la libertad de pensamiento y de expresión en una sociedad democrática.
La libertad de expresión es una condición fundamental para el establecimiento de una sociedad democrática. El ejercicio pleno de este derecho implica no tan solo a los medios de comunicación, sino también, a toda la colectividad: los(as) ciudadanos(as), los partidos políticos, la sociedad civil, los sindicatos, las sociedades científicas y culturales, y todos aquellos que deseen influir en la opinión pública.
La libertad de pensamiento y de expresión adquiere un carácter extensivo al atribuírsele la importancia que ésta adquiere para la transmisión de la información, ya que, una sociedad que no esté debidamente informada no es plenamente libre.
Esa libertad no implica solamente conferir a la ciudadanía la facultad de expresar su pensamiento sin restricciones, sino también, el derecho a recibir toda la información e influir en los criterios de los demás ciudadanos(as).
Tanto la Corte Interamericana de Derechos Humanos como la Corte Europea de Derechos Humanos se han referido a la importancia que reviste la libertad de expresión en una sociedad democrática, llegando a fijar como criterio que este derecho constituye uno de los “pilares esenciales de la democracia”, es una “condición fundamental para el progreso” de los pueblos, y contribuye al “desarrollo personal de cada individuo”.
Detenerse en estos tres aspectos es de gran importancia para el análisis crítico de este derecho. Lo primero es que, al decir que la libertad de pensamiento y de expresión son “pilares esenciales de la democracia”, se entiende que con la ausencia de estos no puede fundamentarse la democracia, y dicho sistema estaría completamente afectado de legitimidad. En segundo lugar, al referir que la libertad de pensamiento y de expresión son “condiciones fundamentales para el progreso”, implica que un sistema político en donde no se garantice el ejercicio pleno de estos derechos está cimentado sobre el fracaso, la arbitrariedad, pero lo que es más grave, estaría inmerso en un atavismo histórico, tanto de sus instituciones como de su desarrollo social, político, cultural y hasta económico.
Por último, inferir que la libertad de pensamiento y de expresión es parte esencial del “desarrollo personal de cada individuo”, quiere decir que, una sociedad en la que los(as) ciudadanos(as) no estén debidamente informados no pueden tener un desarrollo pleno.
La tolerancia, el pluralismo y el espíritu de apertura exigen que el goce y disfrute de la libertad de pensamiento y de expresión tengan la protección máxima, no tan solo de aquellas opiniones que pueden ser inofensivas, sino también, aquellas opiniones que pueden resultar ingratas, perturbadoras u ofensivas, siempre y cuando estén apegadas a la verdad y al respeto de la intimidad y el pudor de las personas.
El criterio establecido anteriormente implica que toda formalidad, condición, restricción o sanción que puedan limitar el ejercicio de este derecho, deben ser proporcional al fin legítimo que se pretende proteger. Esto exige que la libertad de pensamiento y de expresión no puedan ser restringidas por meras cuestiones caprichosas del poder público, es decir, deben estar cimentadas sobre condiciones suficientes.
Es por todas estas razones que consideramos que la libertad de pensamiento y de expresión son pilares esenciales en una sociedad democrática, porque si se produce la carencia del ejercicio de este derecho, la democracia se desvanece, adquiere perfiles dramáticos que van en detrimento de la ciudadanía y afecta el desarrollo de los pueblos.