La competencia y naturaleza del Comité Olímpico Dominicano están contenidos en el artículo 54 de la actual Ley General de Deportes, No. 356-05, que lo define como una entidad privada sin fines de lucro, dotada de personería jurídica cuyo objeto consiste en la difusión de los ideales olímpicos, se rige por sus propios estatutos en el marco de la Ley de acuerdo con los principios y normas del Comité Olímpico Internacional.
Resulta sorprendente que en el citado artículo no se diga que el COD debe regirse por el ordenamiento del Estado dominicano, como lo consagran las legislaciones deportivas de países como España, Brasil, Chile y Venezuela. Tampoco se menciona en los estatutos del COD distinto a los organismos similares de otros países. No sé si se habrá corregido el entuerto, luego de que señaláramos esa omisión en la obra de mi autoría Legislación Deportiva Dominicana y Estudio Comparado.
Sobre denominada autonomía del olimpismo, connotados tratadistas han hecho importantes contribuciones sobre el tema. Por ejemplo, el español Alberto Palomar, especialista en Derecho Deportivo, sostiene que “tienen una autonomía extraña, unas veces se manifiestan como semi-privadas y otras veces como semi-públicas.
Un modelo deportivo se define como el cuadro de relaciones articulado entre los poderes públicos y la organización del deporte federado o no gubernamental. El nuestro se puede definir como mixto, pero el sector público tiene la potestad superior porque es el que traza la pauta de la política deportiva y tiene la principal responsabilidad financiera.
Los esfuerzos de las autoridades del Ministerio de Deportes en procura de llevar a cabo un proceso de transformación a nivel masivo en las diversas vertientes, bajo un programa de transparencia administrativa y exigencia de rendición de cuentas a las entidades subvencionadas con fondos públicos, no han sido bien acogidos, y hasta se habla injustamente de “maltrato y golpeo”.
El cuadro ejecutivo del COD nunca antes había recibido una cantidad tan elevada de recursos como en la presente administración. Percibe 43 millones de pesos anuales. Las federaciones y otros estamentos del alto rendimiento reciben privilegiadamente alrededor del 50% del Fondo Nacional para el Fomento del Deporte (FONADE), un asunto que debe ser revisado para un mejor equilibrio con las demás vertientes. Cada vez que las delegaciones nacionales participan en acontecimientos deportivos internacionales el Estado otorga fondos extraordinarios que son repartidos por el COD entre las federaciones, distinto a otros comités de otros países donde los mismos son entregados directamente a esas entidades.
Las autoridades de turno han cumplido con todos los compromisos internacionales del ciclo olímpico suministrando los fondos correspondientes. Para los Juegos Centroamericanos y del Caribe de Vera Cruz, México, a celebrarse en noviembre próximo, se han erogado unos 80 millones de pesos de una suma ascendente a 143 millones. En los próximos días se hará entrega de otra partida importante.
En el proceso que culminó con la aprobación de la nueva norma deportiva en el año 2005, el olimpismo no solo se agenció ventajas sobre las demás vertientes en materia de recursos financieros, sino que influyó para la limitación de atribuciones de la cartera del ramo, en un momento en el que Ángel Acosta era el presidente de la Comisión de Deportes y Recreación de la Cámara de Diputados, además de titular de la Federación Dominicana de Karate, situación que se aprovechó para inclinar la balanza y producir una pieza viciada que debe ser sustituida por un adecuado marco jurídico-deportivo.
Finalmente, hay que decir que los ataques y descalificaciones a las labores del organismo oficial no tienen el carácter de una contradicción antagónica, más bien son las expresiones de un desahogo irreflexivo. La mejor prueba de que la nave marcha viento en popa, son los resultados de la encuesta Gallup-Hoy al quedar entre los siete primeros lugares en materia de desempeño de un total de 18, en en los dos años de gobierno del presidente Danilo Medina.