Observatorio acusa Ministerio Público validar arbitrariedades

Observatorio acusa  Ministerio Público validar arbitrariedades

El doctor Eduardo Jorge Prats. Cámara de Diputados pone a circulación El libro “Historia de la Cámara de Diputados”, en el Salón de la Asamblea Nacional, del Congreso Nacional de la Republica Dominica. 27 de julio de 2010. Foto Pedro Sosa

El Observatorio por un justo proceso acusó ayer al Ministerio Público de validar actuaciones arbitrarias que estarían haciendo fiscales contra personas que ni siquiera sospechan que están bajo investigación del órgano persecutor, en violación al debido proceso.

Asimismo, pidió a los tribunales que en caso de que el sujeto pasivo lo solicite, certificar que en su contra se ha encaminado un sumario violatorio de su derecho de defensa o al contradictorio, y las actuaciones registradas sean anuladas. “Pasar de investigado a imputado sin saberlo supone haber actuado en desequilibrio de fuerzas, lo que fractura clarísimamente el derecho de defensa, contradicción e igualdad de armas”, dice el Observatorio en su tercer informe.

La entidad, integrada por un grupo de abogados constitucionalistas encabezado por Eduardo Jorge Prats, indica que contrario a lo que establecen las normas, los fiscales están actuando como en un “sistema inquisitorio”.

Deploró que el MP esté ignorando que por encima del Código Procesal Penal (CPP) predomina la Constitución y los tratados internacionales sobre derechos humanos; que la dignidad de la persona postula la existencia del derecho a ser sujeto, no objeto del proceso; y que el debido proceso que se predica a toda clase de actuaciones judiciales se aplica a la etapa de la investigación previa.

“El derecho de presunción de inocencia, que acompaña a toda persona hasta que se le condene en virtud de sentencia firme, se vulnera si no se comunica oportunamente la existencia de una investigación preliminar a la persona involucrada en los hechos, de modo que pueda, desde esa etapa, ejercer su derecho de defensa conociendo y presentando las pruebas respectivas”, subrayaron.

Consideró “irrelevante” el nombre que jurídicamente se le otorgue a una persona en una investigación, indicando que lo trascendente es que a la misma no se le apliquen excepciones temporales al ejercicio de sus prerrogativas y, muy particularmente, en la etapa pre-procesal.

“De lo contrario, los investigadores estarían prefiriendo medicina de mucho peor remedio que la enfermedad que se pretenden combatir”, puntualizó.

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