El Comité de Lucha Contra el Cambio Climático demandó de la Dirección General de Contrataciones Públicas rescindir el contrato de las plantas a carbón de Punta Catalina y los demás contratos de Odebrecht. Además que esta empresa sea inhabilitada de forma permanente como contratista del Estado.
Mediante carta a la directora Yocasta Guzmán, el Comité también pidió que se abra una exhaustiva investigación para determinar a los funcionarios públicos que recibieron los 92 millones de dólares que Odebrecht confesó que había pagado en soborno para la obtención de los contratos de diversas obras.
Igualmente solicitó que se sancionen estos funcionarios en relación a la gravedad de las faltas cometidas en el marco de la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales de estos y que deben ser conocidas por los tribunales de la República.
Manifestó que los artículos 35 y 36 de la Ley 340-06 le confieren a la Dirección General de Contrataciones Públicas supervisar el cumplimiento de las normas, principios, políticas y reglamentos que rigen las contrataciones públicas y de conocer las faltas y establecer las sanciones correspondientes a los oferentes y a los funcionarios que participen en las compras, adquisiciones y en las concesiones públicas de las entidades del Gobierno.
Señaló que como consecuencia de la confesión de sobornos para la obtención de contratos de obras públicas, estos deben ser rescindido por su génesis ilícita como lo indica el artículo 11 de la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas.
Dijo que el párrafo III del artículo 66 de la Ley 340-06 cita como una de las causales para inhabilitar de forma permanente a una empresa como oferente, contratista y/o suplidora del Estado el “ofrecer dádivas, comisiones o regalías a funcionarios de las entidades públicas, directamente o por interpuesta persona en relación con actos atinentes al procedimiento de licitación, o cuando utilicen personal de la institución para elaborar sus propuestas”.