¿Para qué sirve un defensor del pueblo?

¿Para qué sirve un defensor del pueblo?

La persona que fue escogida por una comisión especial del órgano legislativo fue Pablo Ulloa, quien “competía” en la carrera para llegar a la Defensoría del Pueblo junto a Fidel Santana y Henry Merán.

El pasado jueves 10 de junio el Senado de la República escogió un nuevo defensor del pueblo que, de acuerdo a lo establecido en la ley, tendrá una vigencia de seis años (2021-2027).

La persona que fue escogida por una comisión especial del órgano legislativo fue Pablo Ulloa, quien “competía” en la carrera para llegar a la Defensoría del Pueblo junto a Fidel Santana y Henry Merán. Pero, ¿cuáles son las funciones específicas de un defensor del pueblo?

De acuerdo a lo contemplado en la Ley 19-01 que instituye al Defensor del Pueblo, en su artículo 13 establece las funciones y facultades de dicho cargo, el cual dice: “El defensor del pueblo está facultado para vigilar y supervisar la actividad de la administración pública y las privadas prestadoras de servicios públicos, requiriendo un funcionamiento correcto de parte de éstas”.

Además, de acuerdo a la normativa, en caso de que un funcionario de la administración pública o de entidades prestadoras de servicios públicos realice un acto de exceso, ilegal o arbitrario, que afecte a un particular o a una colectividad, dice la ley, éstos podrán dirigirse ante el defensor del pueblo “y plantear la queja o reclamación correspondiente”.

En ese sentido, es el defensor del pueblo quien deberá realizar las investigaciones que considere necesarias, de acuerdo al artículo 14 de dicha ley.

¿Y sus facultades?

En el párrafo 1 de los artículos antes mencionados, aclara que la persona que se desempeñe como defensor del pueblo no tiene la facultad de modificar o anular actos de la administración, sin embargo, puede hacer sugerencias de cambios “en los criterios que han servido de base para crearlos o aplicarlos”.

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Como su facultad prioritaria, contempla la ley, hará la difusión y educación desde la perspectiva de los derechos humanos y otras prerrogativas que se establecen en la Constitución de la República y las leyes, además de los pactos internaciones y otras normas, dice el párrafo 2.

Por lo que, podrá servir de mediador en demandas colectivas “bien fundadas y desplazarse a lugares donde se precisen importantes labores humanitarias y entidades que presten servicios públicos”.

De encontrar alguna responsabilidad por parte de un funcionario público en contra de lo establecido en las normas, es el defensor del pueblo quien tiene la potestad de amonestarlo y requerir respuesta en un plazo no mayor de 30 días.

“Si una vez transcurrido el plazo señalado, la autoridad o funcionario público no contestare, o si modifica su actuación, el Defensor del Pueblo podrá dirigirse al superior jerárquico para que lo sancione, incluso puede hacer pública la falta del funcionario público a los medios de comunicación”, contempla el párrafo del artículo 15.

Sobre el nuevo incumbente

Pablo Ulloa, elegido por la comisión especial del Senado, luego de analizar las ternas, tiene estudios en  Psicología Industrial en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), allí también hizo un postgrado. Cuenta con un doctorado en “Gobierno, Política Pública y Sociedad”, según informaciones contenidas en su portal web https://www.pabloeulloa.com/

Realizó un máster en Alta Dirección Pública en la Fundación Global Democracia y Desarrollo (Funglode).

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Experiencia Laboral. Ulloa se atribuye ser el primer director ejecutivo administrativo y financiero del Tribunal Constitucional (2014).

Los demás puestos públicos que ha ocupado son: coordinador técnico en la Oficina de Cooperación Internacional de la Secretaría de Estado de Educación (SEE), responsable del Programa Apoyo al Plan Decenal en 2011, especialista de monitoreo y evaluación, en la Oficina de Cooperación Internacional de la Secretaría de Estado de Educación (SEE) (2005-2007), etc.

Fundación. Desde 2016 a la fecha, funge como director ejecutivo de la Fundación RBICG Sport Academy (Colegio para estudiantes atletas/ ULeague).

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