Las reformas al Código Penal y a las leyes que rigen los procesos electorales y a las organizaciones políticas expresan cabalmente (aunque faltare afinar detalles) la decisión de que convertirlos en instrumentos actualizados para proteger los intereses de la sociedad atacada por modalidades criminales nuevas y para que la democracia dominicana quede definitivamente afincada en normas de equidad y transparencia para los procesos de consultas ciudadanas.
Se ha afectado seriamente a la sociedad con una insólita demora en dar vigencia a la configuración de delitos y grados de sanciones ya conciliada y en flexibilizar el tratamiento judicial a las interrupciones del embarazo para incluir algunas excepciones por causas de fuerza mayor y en respeto a las convicciones y derechos de la mujer sobre su cuerpo. Un ser expuesto todavía a inculpaciones de dura unilateralidad confesional y científicamente indefinida.
Por demás, y en respeto a la calidad moral y jurídica de la Junta Central Electoral en el área que le corresponde institucionalmente, no debe sufrir menoscabo su aspiración de conducir las competencias comiciales a la equidad que reste influencia al dinero para condicionar resultados de urnas. Sus facultades normativas y sancionadoras deben ser reforzadas para fijar límites a los financiamientos de campaña tanto en sus magnitudes como en sus procedencias. La falta de imparcial diafanidad capaz de crear crisis en las justas debe ser superada.