“Píndarooooooo –grita Herminio-, ¡Tomó casi 8 años para que desengavetaran la ley de mecenazgo!”…. “El diputado Manuel Jiménez debe ahora dormir tranquilo ya que su inquietud, que perimió en el Congreso en dos ocasiones, fue aprobada de urgencia por su Cámara el pasado 5 de febrero y el 12 de abril en primera lectura en el Senado… ¡Ahora sólo falta la promulgación!”, expresa Píndaro con satisfacción-.
Herminio se queda mirándolo fijamente… Están sentados en unos escalones desde donde observan el ir y venir de artistas que entran y salen para ensayos… Pintores y fotógrafos que conversan bajo un árbol… “Píndaro –refiere Herminio-… ¿Por qué no me cuentas qué motivó a los legisladores empujar esta ley que tanta falta hacía?”…
“Ese documento entiende que el Estado es garante de la libertad que tenemos de participar en toda actividad cultural… Que debe promover, estimular e incentivar a las personas o instituciones cuyos fines sean promover la cultura… Aprovechando que somos uno de los países con mayor diversidad cultural… Nos dice que desde la antigüedad, el mecenazgo ha sido la vía de promoción cultural por excelencia…”.
“Sí –asegura Herminio- pero hay una ley que fue promulgada para establecer la ‘Estrategia Nacional de Desarrollo de la República Dominicana 2030’ y que, en uno de sus objetivos, busca recuperar, promover y desarrollar los diferentes procesos y manifestaciones culturales que reafirmen la identidad nacional… Y hay otra ley que creó la Secretaría de Estado de Cultura, entre cuyos fines está el de proponer una política integral de incentivos fiscales, de mecenazgo y de exoneración de impuestos en materia de cultura… Estas dos leyes son fundamentales y me dijeron que son referencia de esta nueva iniciativa sobre el mecenazgo…”.
Mientras disfruta de un yunyun que le vendieron, hecho con agua filtrada… Píndaro expresa: “Esta nueva ley entiende que, al estimular las donaciones económicas y de bienes muebles e inmuebles y promover el coleccionismo de arte desde el ámbito del Estado y el sector privado, se facilita el desarrollo de todos los que participan en las manifestaciones culturales, proporcionando el avance del sector… Y, que el Mecenazgo para el arte y la cultura, por parte del Estado, no afectará el régimen tributario nacional, pues su finalidad debe ser incentivar al sector privado para proteger y promover iniciativas sin fines de lucro… Es más, puntualiza que las donaciones o regalos serán deducibles para el donante, siempre que presente comprobantes fehacientes a juicio de la administración y cumpla con los requisitos que se establecen en el artículo 32 de su Reglamento, hasta un 5% de la renta neta imponible del ejercicio, después de efectuada la compensación de las pérdidas provenientes de ejercicios anteriores cuando corresponda…”.
“¿Y cómo se sazona todo esto con el famoso Código Tributario que nos tortura cada día como una espada de Damocles?” –cuestiona inquieto Herminio-… “Oye –expresa Píndaro-, no te preocupes… Este documento entiende y especifica que el régimen de incentivo fiscal contemplado en la Ley No. 11-92, que aprueba el Código Tributario de la República Dominicana y sus modificaciones, concerniente a las donaciones en la República Dominicana, NO FOMENTA apropiadamente el mecenazgo cultural de forma activa y consistente y no es un régimen especial con estructura y definición específica que fomente la eficacia, tanto para las recaudaciones fiscales, como para los incentivos que promueve, ni tampoco establece categorías de beneficiarios y donantes, como en la actualidad existe a nivel internacional en las normativas del derecho comparado relativo a dicha materia…Entiende, además, que el establecimiento de un marco legal para organizar el mecenazgo va a permitir la creatividad e imaginación en el patrocinio del arte y la cultura nacional…”.
“Anjá… Vete tú a ver –comenta Herminio-… ¿Y cuáles son los objetivos que persigue esta ley que ahora, luego de 8 años engavetada, se acelera en el ambiente?”… Píndaro, que no pierde el tiempo, ya ha estado comiendo un biscochito de veinte para poder asimilar la profundidad e importancia de lo que escucha, pues tiene muchos amigos fotógrafos y pintores que necesitan de apoyo del sector privado y que, a partir de la promulgación de esta iniciativa, sus proyectos podrían ser encaminados por nuevos derroteros…
“¿Y dónde contempla el apoyo a proyectos artísticos? –cuestiona Herminio-… “Mira –le responde Píndaro-, ella busca estimular el apadrinamiento y patrocinio de proyectos, propuestas y programas de investigación académica, científica y cultural; así como la divulgación artística y cultural a través de ediciones de publicaciones especializadas, exposiciones de arte y literatura, producciones audiovisuales o radiofónicas, ferias artesanales, foros, conferencias y congresos nacionales e internacionales relacionadas con la actividad artística y cultural…Promover las artes y la artesanía nacional…la preservación y restauración, puestas en valor de bienes inmuebles y muebles pertenecientes al patrimonio cultural de la nación… la formación de capacidades técnicas para las academias y centros de formación en el sector artístico y cultural… En general, esta nueva ley persigue –¡por fin!- desarrollar actividades que contribuyan a fortalecer y articular la productividad en la economía y la industria de la cultura…”.
“Mira, en quince días vamos a comentar entre nosotros algunas definiciones que contempla esta ley y que, a partir de ahora, deberán ser asimiladas por nosotros los artistas” –expresa Herminio-… Y Píndaro, lo mira fijamente mientras exclama: “¡Por fin los artistas tendremos protección!”.