Es sabido que los liderazgos y la democracia duradera comienzan en los municipios. Para ello se debe ampliar la base institucional de los ayuntamientos, dotándolos de mayores recursos, atribuciones y responsabilidades, para contribuir al bienestar de la ciudadanía en el municipio y la región a que pertenecen, con autonomía respecto al Poder Ejecutivo, cuyas diferencias eventuales deben dilucidarse en la justicia, para lo que debe aprobarse un Código Municipal que sistematice y complete la legislación al respecto.
Así mismo, deben establecerse en el Gran Santo Domingo, el municipio de Santiago y eventualmente en otros grandes conglomerados urbanos, los Distritos Metropolitanos, como entidades desconcentradas para una administración más idónea, adaptada a las características económico-sociales de esos territorios, pero bajo supervisión directa del ayuntamiento correspondiente. En las poblaciones de más de 25,000 habitantes se pueden establecer Delegaciones, electas por la comunidad, para decidir el uso que se le da a la mitad de los recursos de inversión. En la zona rural se debe dar más poder a “Alcaldías Pedáneas Comunitarias”, con objetivos semejantes. En cada Delegación o sector barrial debe existir un centro comunitario donde haya una dirección no político-partidaria de profesionales, técnicos y líderes comunitarios, que asuma la orientación de ese sector con un centro de cómputos, de deportes y relaciones con una policía preventiva.
Ya que las gobernaciones provinciales son instancias a través de las cuales el Presidente ejerce su influencia territorial, los municipios y sus distritos municipales deben organizarse en las diez regiones de Desarrollo que existen, las que deben contar con instancias técnicas de la Liga Municipal Dominicana.
Estimular el desarrollo humano y cultural en sus territorios es un deber primordial de las municipalidades como entidades públicas. El fomento de los deportes, el establecimiento de bibliotecas, instituciones culturales y escuelas de artes y oficios, la supervisión del sistema educativo, el control de la delincuencia y la drogadicción, e incorporarse a las tareas que persiguen el progreso económico y el bienestar social de la colectividad, objetivos prioritarios de las municipalidades.
Se debe así mismo establecer por ley una plantilla con los topes de remuneraciones y compensaciones que podrán recibir los ejecutivos, los regidores y vocales municipales, así como a los funcionarios de organismos descentralizados, para evitar los abusos; teniendo en cuenta el costo de la vida, tamaño, población y territorios.
Con el tiempo, son las regiones las que deben tener la representación territorial a nivel senatorial y los vocales de los distritos municipales ser elegidos conjuntamente, resultando “síndicos” los más votados los que deben ser miembros ex-oficio de los consejos municipales.