En ese entonces, la medida no contemplaba de manera taxativa la prohibición de nuevos enclaves agrícolas. En ese sentido, aún se evidencia la presencia de asentamientos agrícolas dentro del área protegida, principalmente en la vertiente sur, donde la pasada administración no desarrolló acciones para completar el rescate de Valle Nuevo.
El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales emitió la Resolución 0016/2021, en la que prohíbe de forma permanente las actividades agrícolas y ganaderas que aún se desarrollan en el Parque Nacional Valle Nuevo, considerado como “La Madre de las Aguas” por su importancia en la generación hídrica del país.
La decisión firmada por el ministro Orlando Jorge Mera modifica el artículo 3 y el párrafo de la resolución 0014/2016, que aprobó y autorizó la implementación del Plan de Acción para el Rescate del Parque, y sirvió de base para iniciar la eliminación de las actividades agrícolas en esa zona.
En ese entonces, la medida no contemplaba de manera taxativa la prohibición de nuevos enclaves agrícolas. En ese sentido, aún se evidencia la presencia de asentamientos agrícolas dentro del área protegida, principalmente en la vertiente sur, donde la pasada administración no desarrolló acciones para completar el rescate de Valle Nuevo.
Plazo y planes de reubicación
“Se otorga un plazo de 100 días para cosechar y/o retirar los cultivos en desarrollo y para desmantelar las infraestructuras y equipos relacionados con los cultivos agrícolas y la pecuaria. Quedan prohibidas las nuevas siembras. Solo se permitirá la finalización y retiro de los productos de ciclo corto que estuviesen sembrados al momento de publicarse la presente resolución”, especifican los párrafos I y II del primer artículo de la nueva resolución.
Transcurrido este plazo, el Ministerio retirará cualquier actividad que atente contra la integridad de este Parque Nacional, en cumplimiento de la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y la Ley 202-04 sectorial sobre Áreas Protegidas.
Para esto, en el artículo cinco de la medida se establece que el Ministerio de Medio Ambiente “coordinará con el Ministerio de Defensa, para que a través del Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA) y con el apoyo de las demás instituciones competentes, según el caso, se garantice el fiel cumplimiento de la presente resolución”.
No obstante, en el plan de acción también se considera el factor humanitario, por la presencia de hombres y mujeres de la agricultura que pertenecen a generaciones de familias trabajadoras asentadas mucho antes de que Valle Nuevo fuera declarado Parque Nacional, a quienes se procederá a reubicar en un espacio digno y económicamente sostenible, con la facilidad de una alternativa legal fuera del área protegida.
Para estos fines el Ministerio de Medio Ambiente ha realizado un levantamiento en el que se tiene identificados quienes estaban en esta zona antes de ser declarada área protegida.
Cumplimiento de sentencia
Para emitir esta nueva resolución se tomó como base la sentencia No. 0030-04-2018 – SSEN – 00412, del Tribunal Constitucional emitida el 26 de noviembre del año 2018 que establece lo siguiente: «Acoge la señalada acción de amparo de cumplimiento en virtud de las razones indicadas en la parte considerativa de la presente sentencia, en consecuencia, ordena al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el desalojo de cualquier asentamiento agrícola que se mantenga dentro del Parque Nacional Valle Nuevo, en plazo de 2 meses, a partir de la notificación de la presente decisión, por los motivos precedentemente indicados”.
Se mantienen vigentes las demás disposiciones de la resolución anterior, por lo que todas las antenas que se ubican dentro del territorio del parque, deberán someterse al cumplimiento de normativas ambientales vigentes, manejo de residuos oleosos, pago por uso de espacio físico, gestión de residuos sólidos y aguas servidas.
Así mismo, se definirá el número de torres necesarias para las antenas existentes y se desmantelarán las infraestructuras innecesarias.
Importancia del Parque Nacional Valle Nuevo
“La Madre de las Aguas”, como también es llamado Valle Nuevo por su importancia en la producción de agua para la República Dominicana, tiene una extensión de 910 kilómetros cuadrados, terrenos que en su mayoría se ubican en la provincia La Vega.
Dos de los más importantes ríos del país, Yuna y Nizao, tienen sus cabeceras dentro de este parque. Además, en sus terrenos existen tres macrocuencas que definen el régimen hídrico de gran parte del país que son: río Nizao y sus afluentes; río Las Cuevas y río Grande que son afluentes del río Yaque del Sur; río Tireo y río Blanco, que son afluentes del Yuna.
De la producción de agua en esta zona depende el desenvolvimiento de miles de hogares, así como la productividad de enclaves agrícolas fundamentales para la seguridad alimentaria del país, como el Valle de Constanza y zonas agrícolas del sur del país.
Además, el parque es hogar de más de 500 especies de plantas, de las cuales 138 son endémicas de Valle Nuevo, así como numerosas especies de anfibios, reptiles, mariposas y aves.
Desde su llegada al Ministerio de Medio Ambiente, el ministro Orlando Jorge Mera ha dispuesto que se cumpla de manera estricta lo que establecen las Leyes 64-00 de Medio Ambiente y Recursos Naturales y 202-04 sobre Áreas Protegidas, en lo relativo a no permitir asentamientos agrícolas dentro de las áreas protegidas, esto sin dejar de lado la búsqueda de alternativas viables a los campesinos que viven de la actividad agrícola.