Protección de menores y entornos digitales

Protección de menores y entornos digitales

Alienta y estimula la aprobación de una ley refrendada en España por el Consejo de ministros, de protección al menor, con alejamiento online, test pediátrico y control parental obligatorio. Esta ley protege al menor de entornos digitales maliciosos.

Por la trascendencia de esta ley, decidimos compartir algo de su contenido porque alguien tenía que comenzar a poner reglas para evitar la contaminación de los niños en entornos que podrían perjudicar al futuro adulto con distorsiones y percepciones alejadas del mundo real.

La ley, aprobada en primera lectura el 4 de junio, protege a los menores de entornos digitales, incluyendo órdenes de alejamiento virtual, test pediátrico para detectar usos inadecuados, penas por la difusión y creación con inteligencia artificial de contenido sexual o vejatorio, y la imposición obligatoria de controles parentales en todos los dispositivos digitales y etiquetado informativo.

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En la elaboración de esta ley se involucraron los ministerios de Educación y de la Juventud y la Infancia (aquí quieren eliminar ese ministerio). Otros órganos del Estado también intervinieron, como Presidencia y Justicia, y Transición Digital, que elabora un sistema de verificación de edad que tendrá su propio marco jurídico.

La nueva ley incluye la obligación de incorporar de fábrica el control parental en todos los móviles, tabletas, ordenadores y televisores inteligentes. Esto significa que los padres tendrán la facilidad de intervenir en los dispositivos que utilicen los menores expuestos a los riesgos, incluyendo abusos contra los niños y menores.

La ley incluye también órdenes de alejamiento virtual para quienes cometan delitos en espacios digitales.

Para los efectos de la ley, se considera delito el “grooming” o engaño y acoso a menores, como la falsificación de edad, género o algunas características personales para entablar contacto y cometer un delito contra la libertad sexual de menores.

La legislación establece que las plataformas digitales estarán obligadas a tener un enlace directo al canal de denuncias y a los sistemas de control parental previstos en la norma.

Otra regulación en la ley prohíbe el acceso de los menores a las cajas botín de recompensa en los videojuegos, porque en muchos casos implican el pago de dinero.

Eleva a 16 años el consentimiento para el uso de datos de carácter personal en redes sociales.

La norma no elimina el derecho de los menores en el entorno digital: “Tienen derecho a recibir información suficiente y necesaria en una forma y lenguaje apropiados según la edad sobre el uso de las tecnologías, así como sus derechos y los riesgos asociados al entorno digital”.

No podía faltar en una regulación de esta naturaleza el etiquetado de contenidos digitales con lenguaje accesible, con advertencias sobre la idoneidad de estos, entre otras informaciones relevantes.

Ojalá se animen los poderes públicos dominicanos a hacer algo al respecto. Todos los días nos enteramos de violaciones sexuales, de personas mayores ocultando la edad para pescar a jóvenes, engañar a niños y adolescentes con mentiras a través de los entornos digitales donde no existen controles.

Nuestros jóvenes y adolescentes se encierran en sus habitaciones y penetran en un mundo mayormente desconocido para los padres, especialmente cuando los progenitores desconocen el uso de los medios inteligentes.

En nuestro entorno digital, los padres no tienen el acceso que tienen los hijos, de ahí la necesidad de regular estos entornos para no ser sorprendidos en el mundo real.

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