¿Qué función desempeña el fideicomiso para la gestión de los residuos sólidos?

¿Qué función desempeña el fideicomiso para la gestión de los residuos sólidos?

Foto: Duany Nuñez/HOY

El presidente Luis Abinader designó hoy mediante decreto a Armando Paíno Henríquez Dajer, como director ejecutivo del Consejo Directivo del Fideicomiso Público-Privado para la Gestión Integral de Residuos Sólidos.

La decisión está contenida en el decreto 386-21 emitido esta tarde por el Poder Ejecutivo.

«Qué función desempeña?. La creación de un fideicomiso público-privado busca allanar el camino para la aplicación de la Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de los Residuos Sólidos número 225-20, según las explicaciones ofrecidas por el ministro de Medio Ambiente, Orlando Jorge Mera, y que recogen medios de comunicación.

Entre sus funciones figuran aprobar los lineamientos para la evaluación, uso y destino de los fondos del fideicomiso, así como decidir las formas de administración de los vertederos y estaciones de transferencia en todo el territorio nacional.

Además la Ley 225-20 que en su artículo 1 dispone prevenir la generación de residuos, instituye también el régimen jurídico de su gestión integral, así como la conformación del consejo y la cantidad de miembros.

De igual forma,  la creación del fideicomiso para la gestión de los residuos sólidos, quedando facultado de pleno derecho el Poder Ejecutivo para suscribir los actos necesarios para su constitución y funcionamiento, así como para la transferencia a dicho patrimonio de los bienes activos indicados en la presente ley.

«Se crea un fideicomiso destinado a la gestión integral de residuos conforme a la Ley No. 189-11, para el desarrollo del mercado hipotecario y el fideicomiso en la República Dominicana, su reglamento de aplicación No.95-12, y la Ley No.249-17, del Mercado de Valores de la República Dominicana», señala en su artículo 37.

En tanto que en el 40 señala «Se podrán recibir aportes voluntarios y presupuestarios al fideicomiso, vía aportaciones directas no vía impuesto, procedente de programas empresariales de responsabilidad ambiental o similar, así como asignaciones adicionales de cualquier entidad pública del Estado dominicano».

En la legislación se reseña también el término de responsabilidad extendida, donde los industriales que son productores, importadores y comercializadores tendrán responsabilidad durante todo el ciclo de vida de sus productos.