Querella contra Adán Peguero sigue en pie tras jueza revocar archivo

Querella contra Adán Peguero sigue en pie tras jueza revocar archivo

Adán Peguero, exdirector general del Instituto Postal Dominicano (Inposdom).

La jueza de la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, Carmen Mancebo, revocó el Auto núm. 17-2022, emitido por la Procuraduría General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

Este es el auto mediante el cual se había ordenado el archivo provisional de la querella presentada por el Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, en contra del exdirector general del Instituto Postal Dominicano (Inposdom), Adán Peguero, por supuesta violación al artículo 27 de la Ley núm. 19-01, a través de los abogados Harold Modesto y Roberto Quiróz.

Mediante la Resolución núm. 027-2022-SRES-00004, del 27 de junio de 2022, la jueza revocó el archivo y ordenó al Ministerio Público “la continuación de las investigaciones y realización de las diligencias requeridas por la parte objetante”.

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“Que la actual condición de director general suspendido que presenta Adán Alberto Peguero de León, no es un impedimento constitucional ni procesal para que el ministerio público, se rehúse a colaborar con la investigación que lleva el Defensor del Pueblo; más aún cuando dicha parte objetante fue diligente al momento de presentar su querella, así como la fundamentación de la misma, por lo que el ministerio público, en su función de órgano investigador, ha debido prestar atención y realizar las diligencias pertinentes y útiles en la especie”, estableció la juzgadora.

De acuerdo con la magistrada Mancebo, “es deber del Ministerio Público continuar con las investigaciones del presente caso, con la finalidad de detectar el presento ilícito penal querellado si lo hubiere. Dado que, por el contrario, no ha hecho las diligencias requeridas conforme a lo establecido en el artículo 88 del Código Procesal Penal Dominicano.”

A partir de la notificación de la decisión el Ministerio Público tiene un plazo de 10 días para recurrirla en apelación.

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