Reforma fiscal: ¿qué propone el Gobierno sobre el pago del anticipo?

Reforma fiscal: ¿qué propone el Gobierno sobre el pago del anticipo?

El ministro de Hacienda, José Manuel «Jochi» Vicente, presentó este lunes las propuestas de reforma fiscal del Gobierno en La Semanal con la Prensa, encabezada por el presidente Luis Abinader, desde el Palacio Nacional, donde detalló, además, qué contempla el proyecto sobre pago del anticipo.

Como parte de la reforma hemos decidido reestructurar el Anticipo sobre la Renta. Las personas físicas y
las microempresas no tendrán que pagar anticipos sobre la renta. En el caso de las empresas
pequeñas y medianas el anticipo será de sólo el 40 % y 60 % de los beneficios reportados en el
período anterior, respectivamente», indicó el ministro.

Vicente dijo, además, que los pagos para estas empresas serán trimestrales (en vez de mensuales). Adicionalmente, se está estableciendo que todas las micros y pequeñas empresas estarán exentas del pago del Impuesto sobre la Renta aplicable a las personas jurídicas en la declaración jurada de sus primeros tres ejercicios fiscales.

Respecto a las las leyes de incentivo de los sectores productivos, manifestó que es útil en
determinadas circunstancias. «Por ejemplo, cuando una economía depende fuertemente de un
sector y necesita diversificarse. Este ya no es el caso de República Dominicana dado que nuestra
economía está bien diversificada. Otra razón, puede ser para atraer inversiones a sectores
específicos. O cuando un país quiere atraer la adopción de nuevas tecnologías inexistentes en la
economía local. Independientemente de estas consideraciones una ley de incentivos no puede ser
eterna», dijo.

Explicó que los incentivos son para ayudar a las empresas a establecerse o a compensar ciertos costos durante un plazo razonable mientras logran ser rentables. Pero resulta que la gran mayoría de esas leyes
tienen décadas de haber sido promulgadas, recordó. «Por ejemplo, la ley de Confotur (turismo) es del 2001.

«La ley de Cine es del 2010. La ley de Desarrollo Fronterizo del 2001. La ley de Competitividad
e Innovación Industrial del 2007. La de Cadena Textil del 2007. Todas estas leyes han impulsado a
sectores que necesitaban un apoyo cuando fueron promulgadas. Es extremadamente difícil justificar
la permanencia de una ley para un determinado sector por plazos mayores a diez o quince años.
Adicionalmente, dichos sectores ya registran niveles de beneficios por sus operaciones que hace
cuestionable la continuación de esos incentivos», manifestó.

En ese sentido, dijo: «Hemos realizado un análisis profundo del costo/beneficio de cada una de estas leyes y como parte de la reforma se estarán haciendo los ajustes de lugar en cada una de ellas. Como mencioné anteriormente algunos incentivos no tienen necesidad de ser mantenidos y otros serán mantenidos con algunas modificaciones».

«Específicamente se están derogando los tratamientos fiscales preferenciales al sector turismo, al
cine, a la industria, a la cadena textil, los relacionados con los fideicomisos y los relacionados con
la ley de mecenazgo. El BONO ITBIS y ciertas exenciones para fideicomisos orientados a proyectos
de vivienda de bajo costo serán mantenidos por su importancia en el desarrollo de ese segmento
de viviendas, el cual es un eje estratégico de nuestro gobierno», detalló.

En el caso de los incentivos a las zonas francas, Vicente dijo que se realizarán ajustes relacionados con las empresas operadoras de parques de zonas francas, las cuales en su esencia son empresas de alquiler de
inmuebles y provisión de ciertos servicios.

«Por otro lado, las empresas de zonas francas que vendan al mercado local podrán elegir entre realizar una declaración jurada por los beneficios de sus ventas al mercado local o pagar un 5% de las mismas por concepto de presunción del impuesto sobre la renta. Un tratamiento similar operará para las empresas logísticas», añadió.

Sobre la Ley de Desarrollo Fronterizo, el Gobierno propone modificaciones para garantizar que la
misma sea utilizada para inversiones mayores al equivalente de US$5,000,000 y que mantengan
una nómina no inferior a 100 empleados de la zona permanentes durante toda la operación de la
empresa. La exención sobre los impuestos a los combustibles fósiles se limitará a aquellas empresas que
vendan su energía al sistema eléctrico nacional interconectado.

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