El empresario Ángel Rondón interpuso ayer un recurso de apelación contra la sentencia mediante la cual el primer tribunal colegiado del Distrito Nacional lo condenó a 8 años de prisión y al decomiso de varios de sus bienes, tras ser hallado culpable de supuesto soborno en el caso Odebrecht.
Entre sus argumentos para solicitar a la Corte de de Apelación la revocación de la sentencia NO. 249-02-2021-SSEN-00009, del 14 de octubre del 2021.
Rondón, la defensa de Rondón, encabezada por Luis Minier, les atribuye a las juezas Giselle Méndez, Tania Yunes y Yisssel Naranjo una supuesta errónea aplicación del artículo 3 de la Ley 448-06 sobre Soborno en el Comercio y la Inversión.
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Afirma que para considerar a Rondón como responsable de soborno, la sentencia de marras debía verificar en su accionar cada uno de los elementos constitutivos que componen el tipo de soborno,.
Y que la falta de por lo menos uno de estos “convierte en errónea, constitucionalmente inadmisible e ilegal una imputación basada en dicho tipo penal”.
Destaca la defensa de Róndón que ni de la lectura de la sentencia, ni de la explicación del caso expuesta por el tribunal ni de los hechos fijados como probados, se extraen todos los elementos constitutivos exigidos el artículo 3 de la ley sobre soborno en el comercio y la inversión.