La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) dispuso la libertad pura y simple de una pareja solicitada en extradición, porque el pedimento no se hizo por la vía diplomática ni los documentos que lo sustentaban contenían la indicación precisa del hecho imputado.
Se trata de la dominicana Isabel Feliz y su pareja Pablo Milano Escarfulleri o Paolo Ceccato, quienes fueron solicitados en extradición por autoridades de Brasil y los estados Unidos, respectivamente.
Los jueces de la alta corte observaron que Feliz no fue debidamente solicitada, conforme a lo establecido en el artículo 14.1 del Tratado de Extradición suscrito entre el Gobierno de la República Dominicana y el de la República Federativa del Brasil.
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Respecto de Milano Escarfulleri y/o Paolo Ceccato, ordenó también, la entrega de sus bienes, porque el país requirente no demostró su identificación.
Además, tales peticiones deben contener datos o antecedentes elementales, necesarios para la comprobación de la identidad de la persona reclamada.
Mientras que, en el caso del ciudadano, la corte ordenó su libertad pura y simple y la entrega de sus bienes, porque el país requirente (Estados Unidos) no demostró la identificación del ciudadano solicitado en extradición, por lo que entregarlo violaría sus derechos fundamentales, como son la libertad, la tutela judicial efectiva y el debido proceso.
“En esta perspectiva, vale apuntar que, no basta que el Estado requirente esté convencido de la persona que persigue, sino que, además, debe dar fiel cumplimiento con lo establecido por el tratado en extradición vigente y aportar todas las documentaciones pertinentes que permitan identificar de manera indubitable a la persona requerida; lo que en el caso no ha ocurrido”, precisa la resolución.