Sugieren el veto en CNSS solo sea del Presidente

Sugieren el veto en CNSS solo sea del Presidente

El presidente de la Asociación Nacional de Clínicas y Hospitales Privados (Andeclip), Rafael Mena, sugirió una reforma a la ley de Seguridad Social que elimine la capacidad de veto a cada uno de los sectores que participan en el Consejo Nacional de Seguridad Social y que esta facultad solo le sea reservada al Presidente de la República.

Dijo que el veto se ha convertido en un factor paralizante del rol que debe jugar el CNSS, porque cada vez que se va a tomar una medida que afecte a uno de los sectores que participan en el Consejo, éste la veta, sin importar si es beneficiosa para la seguridad social.

Asimismo, el presidente de Andeclip sugirió que el presidente del CNSS sea el ministro de Salud Pública, por el primer orden que juega en las políticas públicas de salud, no el ministro de Trabajo.

En torno a la propuesta de eliminar la facultad de veto a los sectores que participan en el CNSS, las opiniones en el país están divididas, pues mientras el sector industrial y los sindicalistas lo defienden, el sector salud y representantes del sector comercial lo objetan.

Sobre el tema ha escrito Arismendy Díaz Santana, especialista en el tema y para quien “el interés de los grandes grupos financieros y empresariales de reducir la seguridad social a una “oportunidad más de negocio”, se ha traducido en el voto monolítico de sus tres representantes, una práctica monopólica que invalida la competencia democrática.

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“Nadie ignora la percepción generalizada de que el CNSS se encuentra secuestrado por el manejo inapropiado del derecho al veto. La gran mayoría reclama su eliminación, porque nunca ha sido utilizado para beneficiar a los afiliados, sino para mercantilizar la protección social”, ha planteado Arismendy Díaz Santana.

No obstante, plantea que, consciente de la resistencia para eliminar el veto, favorece su regulación, como la fórmula más aceptable por los tres sectores involucrados.

“Sólo habría que agregar un párrafo al artículo 24 de la Ley 87-01, para limitar su impacto paralizante, fortalecer el funcionamiento del CNSS”, sostiene el experto.

Entre las funciones del CNSS está la de establecer políticas de seguridad social orientadas a la protección integral y al bienestar general de la población, en especial a elevar los niveles de equidad, solidaridad y participación; a la reducción de la pobreza, la promoción de la mujer, la protección de la niñez y la vejez, y a la preservación del medio ambiente.

Asimismo, disponer, de acuerdo con la Ley 87-01, los estudios necesarios para extender la protección de la seguridad social a los sectores de la población.