TC anula y devuelve a Suprema caso de violencia intrafamiliar

TC anula y devuelve a Suprema caso de violencia intrafamiliar

El Tribunal Constitucional (TC) anuló varias resoluciones de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y se las devolvió para que conozca nuevamente los expedientes, entre ellos una casación de un caso de violencia intrafamiliar, que declaró inadmisible.

Se trata del caso de la señora María Miguelina de los Ángeles Fernández Alfaro, quien puso una denuncia contra Oscar Guillermo Rodríguez Taveras por ante la Unidad de Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos sexuales del Distrito Nacional, por lo que el Quinto Juzgado de la Instrucción de esa jurisdicción, ordenó apertura a juicio.

Antes de conocerse el fondo del caso, hubo varias inhibiciones de parte de los jueces hasta que finalmente, el Segundo Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia dictó la sentencia número 316-2014, mediante la cual declaró en extinción la acción penal

La querellante recurrió esa decisión en casación, y su recurso fue declarado “inadmisible” por la Segunda Sala de la SCJ, mediante la Resolución número 210-2015 emitida el 11 de febrero del 2015. Fue esta resolución la que la señora Fernández Alfaro sometió ante el TC para ser objeto de revisión jurisdiccional.

El Tribunal Constitucional anuló dicha resolución y ordenó la devolución del expediente a la Secretaría de la SCJ, a fin de que la Segunda Sala vuelva a conocer el caso, con estricto apego a las fundamentaciones y al criterio establecido por este Tribunal Constitucional, en virtud de lo establecido por el artículo 54 numerales 9 y 10 de la referida ley núm. 137-11.
Caso piloto colombiano. El TC también anuló una resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte, relacionada con la condena a 20 años de prisión y multa de RD$5 millones impuestas al piloto colombiano Carlos Arturo Gaviria Villa por tráfico de drogas, que inicialmente le impuso el Tribunal Colegiado del Juzgado de Primera Instancia del Departamento Judicial de La Altagracia.
Dicha sentencia fue modificada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís en lo que respecta a la multa, la cual le fue rebajada a un millón de pesos.
Gaviria Villa recurrió en casación esta última decisión ante la SCJ, y la Segunda Sala declaró la inadmisibilidad de dicho recurso el 22 de junio del 2011. El recurrente la sometió a revisión en el Constitucional, quien decidió anularla y remitirla de nuevo a la Suprema para que el expediente, al igual que el de la señora Fernández Alfaro, sea conocido de nuevo.

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