Los trabajadores que realizan trabajos domésticos tienen derechos adquiridos como el disfrute del salario de Navidad y dos semanas de vacaciones pagadas cada vez que cumpla un año prestando servicio, según indicó hoy el Ministerio de Trabajo.
La institución precisó que los trabajadores domésticos deben recibir de sus empleadores dos semanas de vacaciones remuneradas cada vez que cumplan un año de servicio.
Explicó que los trabajadores domésticos deben gozar además entre dos jornadas, de un descanso ininterrumpido de nueve horas por lo menos.
“El empleador o empleadora está en el deber de cumplir con la Ley que reconoce a todos los trabajadores el derecho a recibir el salario número 13 a más tardar el 20 de diciembre.
Resaltó que las personas que trabajan para consorcios de propietarios, como los condominios no son considerados trabajadores domésticos y la ley les reconoce derechos adicionales, como se consideran a trabajadores de empresas privadas.
Señaló que los ciudadanos interesados en consultar casos particulares pueden hacerlo acercándose a estas oficinas, a su sede principal, a través de su portal www.ministeriodetrabajo.gob.do, o llamando al centro de atención a los usuarios al número 809 535-4404, extensiones 2751 y 2752.