El Tribunal Superior Electoral (TSE) emitió ayer otras siete sentencias mediante las cuales ordena la revisión de votos nulos y cuadre de actas de escrutinios en el nivel de diputados, a distintas juntas electorales municipales.
Acogiendo un recurso de apelación incoado por el excandidato a diputado Claudio Caamaño Vélez, el TSE anuló la resolución 42/2020, dictada por la Junta Electoral del municipio Santo Domingo Este el 13 de julio en curso, y le ordenó la revisión inmediata de los votos declarados nulos en la Circunscripción Electoral 3 de ese municipio.
La Junta Electoral de Santo Domingo Este además tendrá que hacer una revisión y cuadre de las actas de escrutinio D y D1, relativas a los colegios electorales 1001C, 1392, 1413C y 1759 de la Circunscripción número 1, ordenada por el TSE tras acoger parcialmente un recurso de apelación incoado por Anny Valeissy Mambrú Rodríguez.
También la Junta Electoral de La Romana tendrá que proceder en lo inmediato a la revisión y cuadre de las actas de escrutinio de 27 colegios electorales del nivel de diputaciones D y D1, ante un recurso de impugnación incoado por Virginia Mónica Lorenzo Núñez que fue acogido parcialmente por el TSE.
La revisión de actas y cuadres deberán hacerse en los colegios números 0028, 0079E, 0011 A, 0010B, 0076, 0090A, 0092A, 0107, 0184, 0169, 0099A, opi0A, 0145*, 0086B, 0083B, 0135, 0113, 0087, 0083, 0086, 0076A, 0048, 0047, 0075, 0074B, 0071 y 0019, todos de dicho municipio.
Igual el TSE dio mandato a la Junta Electoral de Jimaní para que disponga la revisión y cuadre de las actas de escrutinio realizadas los días 9 y 10 de julio en curso, relativas al colegio 0001, acogiendo así parcialmente un recurso de apelación incoado por la excandida a diputado Gloria Altagracia Peguero Méndez.
El tribunal dispuso la medida luego de anular en todas sus partes las resoluciones apeladas por Peguero Méndez “por falta de motivación, desconocer el debido proceso y la tutela judicial efectiva”, dicen los jueces en otra sentencia.
Rechazos e inadmisibilidad. El TSE rechazó un recurso de apelación incoado por Julianis Coral Báez Herrera y Pedro Tomás Botello contra la Junta Electoral de Villa Hermosa, donde pretendían se hiciera un reconteo de votos.
Igual fallo emitió para Johnson Encamación Díaz, quien procuraba que el TSE ordene a la Junta Electoral de El Llano un reconteo y revisión de actas de escrutinio.
La excandidata Delys Féliz también corrió con la misma suerte al serle rechazados sendos recursos de apelación contra la Junta del municipio SDE.
A José Antonio Fabián Beltré el Tribunal Superior Electoral le declaró inadmisible una apelación suya contra una resolución emitida por la Junta Electoral de Bonao el 13 de julio en curso.
Asimismo, la alta corte declaró “inadmisible de oficio por cosa juzgada” un recurso de apelación sometido por Domingo Enrique Baret contra una resolución de la Junta Electoral de San Antonio de Guerra.