Consensuado en casi un 90% el paquete de modificaciones reclamadas para el marco jurídico que rige las relaciones entre asalariados y empleadores debe presumirse que el país podría encaminarse ya a superar la deuda social acumulada por un código que concede permanencia a la incapacidad de cubrir el costo de la vida que caracteriza a los salarios mínimos que ni en su máxima expresión satisface necesidades básicas. Herramienta que textualmente ordena que los salarios sean justos, un enunciado carente de mandatos y precisiones para lograrlo que no figuran en un articulado que subraye obligaciones incluyendo la de una revisión anual indeclinable para los topes mínimos que en su inextinguible limitación condenan a la República Dominicana a estar en la lista de los países que menos remuneran al trabajador en la región. Exceptuado además de la indexación periódica que debería salvar su poder adquisitivo continuamente erosionado por la inflación.
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El Código reformado debe proteger la rentabilidad del patrono que no debe ser obligado a concesiones irracionales. Su productividad importa a la par que la retribución equitativa.
Urge al mercado laboral fortalecer los arbitrajes a cargo del Ministerio de Trabajo para reducir a judicialización de conflictos obrero-patronales que ha hecho proliferar una horda de picapleitos que manipula desacuerdos, y hasta los inventa, para lucros mezquinos, agudizando disparidades que la mediación eficaz superaría en beneficio de las partes.