Mañana vence el plazo para presentar sugerencias en la audiencia pública sobre la propuesta de “Reglamento para la Generación Distribuida: Aprobación, Interconexión y Operación de los Proyectos”, relacionado a la instalación de paneles solares en techos de residencias o empresas y su conexión a la redes de las Empresas Distribuidoras (EDES).
Sobre esta propuesta de reglamento creado por la Superintendencia de Electricidad (SIE), el superintendente, Andrés Astacio explicó que el objetivo principal es regular la operación de proyectos que deseen inyectar o no energía en las redes eléctricas en miras que sea más eficiente, sostenible y estable el sistema.
Indicó que el mismo no es una limitación para la instalación de paneles solares, pero si establece un costo por el uso de las redes eléctricas que administran las Edes.
Dijo que también estos usuarios pueden generar su energía sin usar la red eléctrica y estar totalmente aislados y ser independiente.
Explicó que se ha definido una tarifa por el costo de explotación de estas redes similar al que las Edes pagan a la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) por usar sus redes de transmisión.
“Usualmente en las tarifa eléctrica está contemplado que el costo de uso de red es entre 18 a 25 % del valor final que paga el usuario”, dijo al realizar un encuentro con periodistas y editores de economía.
Expreso que hoy en día el dueño de un panel solar que usa las redes de distribución de las Edes no pagan nada.
Explicó que cuando el instalar paneles solares en las casas o negocio era una tecnología muy nueva e incipiente no afectaba, pero hoy ya es un sector en crecimiento y pujante.
“Se deben proteger las redes para que la misma generación distribuida se desarrolle tenemos que equilibrar porque las redes tienen límites físicos y requieren expansión constante”, dijo.
Agregó que “si tu dejas al prestador del servicio sin capacidad de expandir sus redes se va a quedar sin luz el que tiene paneles y el que no tiene paneles”.
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Recordó que el reglamento actual tiene más de 12 años y se requiere una nueva normativa para corregir y tener una regulación eficiente.
Este reglamento tiene como objetivo establecer los procedimientos y requisitos necesarios para:
- Solicitar la conexión de sistemas de generación distribuida
- Obtener la aprobación para su instalación y operación
- Facilitar la interconexión con las redes de distribución
- Regular la operación de proyectos que deseen inyectar o no energía en las redes eléctricas
El borrador del reglamento establece que los clientes en Medición Neta, con Demanda Inferior a 10kW, estarán sujetos a los siguientes cargos:
a) Cargo Fijo: Este es un cargo que cobra la empresa distribuidora al cliente, independientemente de la cantidad de energía que haya consumido o inyectado a la red.
b) Cargo por Energía: Este cargo se calcula en función de la cantidad de energía neta consumida por el cliente. Para calcularlo, se multiplica la cantidad de energía neta (es decir, el consumo total menos la energía inyectada) por la tarifa aplicada.
Este cargo representa para la Empresa Distribuidora la compensación de los Costos de Generación, Transmisión y Distribución de la Electricidad.
c) Cargo – Derecho de Uso de la Red de Distribución: Este cargo se aplicará a la energía inyectada por el usuario a la red eléctrica. Se calculará sobre la base del Valor Agregado de Distribución para el nivel de conexión.
Los cargos propuestos para Clientes con Demanda Máxima Mayor o Igual a 10 kW por el reglamento son los siguientes:
Cargo Fijo: Este es un cargo que cobra la empresa distribuidora al cliente, independientemente de la cantidad de energía que haya consumido o inyectado a la red.
b) Cargo por Energía: Este cargo se calcula en función de la cantidad de energía neta consumida por el cliente. Para calcularlo, se multiplica la cantidad de energía neta (es decir, el consumo total menos la energía inyectada) por la tarifa aplicada.
c) Cargo por Potencia: Aquí se aplica un Cargo por Potencia, de acuerdo a la tarifa aplicada.
Otros detalles importantes que establece es que: Las Empresas Distribuidoras deben garantizar transparencia y eficiencia en los proyectos de generación distribuida, cumpliendo con requerimientos clave en información, atención a solicitudes
y gestión especializada.
A continuación, se detallan los principales compromisos que deben asumir.
- Publicación de Información Técnica
Las empresas deben publicar y actualizar cada seis meses información clave del
sistema de distribución (planos, topología de alimentadores, datos de transformadores
y capacidad instalada) en sus sitios web. - Respuesta a Solicitudes de Información
Proveer sin costo y en 10 días datos adicionales que los peticionarios requieran
para el desarrollo de proyectos de generación distribuida. - Unidades Especializadas
Crear unidades para orientar y gestionar solicitudes de generación distribuida,
asegurando procesos de aprobación y tramitación eficientes.