Airbnb en RD: al margen de la ley

Airbnb en RD: al margen de la ley

J. LUIS ROJAS

Sin duda, la industria 4.0. también llamada cuarta revolución industrial, lo está cambiando todo: los modelos de producción, las formas de hacer negocios, las relaciones interpersonales, uso racional de los recursos naturales no renovables, intercambios comerciales online, nuevos empleos, sinergia entre la inteligencia humana y la artificial, gestión inteligente de grandes volúmenes de información, se robustece el libre mercado, reducción drástica de la función regulatoria de los Estados, presencia de la informática y la innovación como ejes transversales de todos los procesos, se han roto las barreras de la distancia entre países. El proceso de cambio es acelerado, diverso y está desplazando lo connacional por lo digital.

Tal y como hace referencia el señor Juan Luis de los Ríos Sánchez, la Industria 4.0 o Industria Conectada 4.0, es una revolución tecnológica que transforma la forma en que las empresas operan, diseñan, producen y entregan bienes y servicios al mundo. Esta nueva era de la industria se basa en la integración de tecnologías avanzadas, como la inteligencia artificial (IA), la robótica, el Internet de las cosas (IoT) y la automatización, para crear sistemas inteligentes que pueden comunicarse y colaborar de manera autónoma. (www.iebschool.com/blog/industria-cuarta-revolucion-industrial-business-tech-logistica/, febrero, 2023).

Igual que Uber, empresa estadounidense proveedora de movilidad, Amazon.com, corporación dedicada al comercio electrónico y a los servicios de computación en la nube, así como productos de software, música, videojuegos, electrónica, libros, ropa, muebles y hasta comida, también existe Airbnb, la cual es una compañía que brinda una plataforma digital enfocada a la oferta de alojamientos de corta duración, a través de la cual los anfitriones pueden publicitar y contratar el arriendo. Como es normal, detrás del desarrolla tecnológico hay codas positivas y negativas. ¿Cuál sería la reacción de una persona que alquile su apartamento o villa a través de Airbnb, y luego resulta que los alquiladores la convierten en un burdel?

La plataforma Airbnb fue fundada en 2008 por Brian Chesky, Joe Gebbia y Nathan Blecharczyk con el objetivo de proporcionar una alternativa a los hoteles convencionales. La referida plataforma, permite a los propietarios de viviendas, apartamentos y villas poner sus espacios a disposición de los viajeros locales e internacionales, ya sea para estancias cortas o largas. “Esto ha abierto la puerta a una amplia variedad de opciones de alojamiento, desde apartamentos en el centro de la ciudad hasta casas en la playa o incluso castillos y árboles”. (Wikipedia®, septiembre, 2024). En RD, los alquileres tipos Airbnb han provocado que propietarios de inmuebles lleven intranquilidad e inseguridad a residenciales y a villas familiares, que no tienen las condiciones adecuadas para este tipo de alquiler.

En términos prácticos, Airbnb es un emprendimiento que surge como resultado de la globalización, el libre mercado y la digitalización de cuarta revolución industrial. “En su década de vida, Airbnb ha pasado de ser una página web prácticamente desconocida a convertirse en un gigante de la economía colaborativa que ha revolucionado la industria inmobiliaria en todo el mundo. Hoy día, su plataforma de hospedaje por internet está presente en más de 65.000 ciudades de 191 países” (BBC Mundo, abril, 2017). El gobierno dominicano está compelido a regular las operaciones que llevan a cabo las plataformas de alquiler de corta duración, en lugares que no han sido creado para desarrollar este tipo de negocio.

En el mercado de los alquileres tipo Airbnb, participan otros sitios web que hacen la competencia y se diferencian de Airbnb. Por ejemplo: HomeAway, Couchsurfing, Onefinestay, Wimdu, FlipKey, Booking, Expedia Group, Tripadvisor, entre otros. Tanto en República Dominicana como en otros países del mundo, los alquileres en online de corta duración, han tenido luces y sombras. En este sentido, se ha planteado que “el sector turístico privado y el propio gobierno han insistido en la necesidad de regular Airbnb, como se ha hecho en otros países, en vista del crecimiento del uso de esta plataforma en el país. Según datos del Ministerio de Turismo, la cantidad de propiedades activas para Airbnb, a finales de agosto de 2023 ascendía a 43,302, para un crecimiento del 222 %”. (Diario Libre, Mariela Mejía, enero, 2024).

Por su parte, la Asociación de Hoteles y Turismo de República Dominicana (ASONAHORES) espera que, dentro de la estructura de reforma fiscal, que podría presentar el Gobierno, se contemple la regulación tributaria que se les aplicaría a los alquileres de rentas cortas a través de plataformas digitales como Airbnb. Además, el ministro de Turismo, David Collado, expresó recientemente que “la regulación impositiva que se aplicaría a las plataformas digitales de hospedaje de renta corta se especificaría dentro de la reforma fiscal e indicó que ya hay un acuerdo prefirmado en lo que tiene que ver con la regulación desde el sector turismo”. (arecoa.com, 2024). Las plataformas de renta corta provocan más mal que bien.

Como se sabe, Airbnb y las demás plataformas que hacen negocios con los alquileres de corta estancia, incurren en acciones ilícitas, irresponsables y contrarias a las leyes y normas de los países donde se les permite operar. Este concepto de negocio, el cual pertenece a la denominada economía gig o colaborativa, identificada como una nueva forma de interrelación entre consumidores y productores a través de plataformas digitales, trae consigo múltiples problemas: evasión del pago de impuestos, competencia desleal, fomenta la informalidad laboral, pone en riesgo la imagen de la industria turística, incrementa los costos de los alquileres tradicionales, atenta contra la tranquilidad y la buena convivencia de los que no reciben ningún tipo de beneficio de este tipo de negocio.

Ojalá que en el marco del proceso de reforma fiscal que lleva a cabo el gobierno de Luis Abinader, se escuche y se tome en cuenta las opiniones de los directivos de la Asociación de Hoteles y Turismo de República Dominicana (ASONAHORES), así como la de un segmento importante de la sociedad dominicana, que ha perdido la tranquilidad y privacidad con las malas acciones en las que incurren los anfitriones, los visitantes (inquilinos) y las plataformas digitales que se lucran con los alquileres de corta duración. Con los alquileres tipo Airbnb, son pocos los que ganan y muchos los ciudadanos que pierden. Pareciera que anfitriones (propietarios de los inmuebles), visitantes (arrendatarios) y Airbnb, se pusieron de acuerdo para obtener dinero fácil, aunque sea perjudicado y dañado a otros (vecinos).

Como consecuencia de los resultados negativos que se derivan de los alquileres sin control, tipo Airbnb, muchos países se han visto obligados a establecer diferentes mecanismos regulatorios a las plataformas de alojamientos turísticos. Entre ellos, se resaltan los siguientes:

  • Ámsterdam: el alquiler de casas completas está limitado a 60 días al año y esto se va a reducir a la mitad.
  • Barcelona: los alquileres de corta duración deben tener una licencia y no se están emitiendo licencias nuevas.
  • Berlín: los propietarios necesitan un permiso para alquilar el 50% o más de su residencia principal durante un periodo de tiempo corto.
  • Londres: los alquileres de corta duración de casas enteras se restringen a 90 días al año.
  • Palma: el alcalde ha anunciado la prohibición de los alquileres de corta duración.
  • Nueva York: normalmente es ilegal alquilar pisos durante 30 días consecutivos o menos, a no ser que el anfitrión esté presente.
  • París: los alquileres de corta duración están limitados a 120 días al año.
  • San Francisco: los anfitriones deben registrarse como empresa y obtener certificados para el alquiler de corta duración. El alquiler de propiedades enteras está limitado a 90 días al año.
  • Singapur: el periodo mínimo de alquiler de vivienda pública es de seis meses consecutivos.
  • Tokio: el compartir en casa se legalizó solo en 2017 y está limitado a 180 días al año.

(Fuentes: Airbnb, Ayuntamiento de Ámsterdam, gobierno de las Islas Baleares, Reuters, New York Times).

“Espero que la regulación de Airbnb y otras plataformas de renta corta, no solo sean fiscales. En la modalidad de renta corta hay muchas situaciones que se han tornado insoportables, tales, como prostitución, trata de personas, robos, drogas, asesinatos, contaminación acústica, y cualquier otra actividad delictiva al amparo del casi anonimato. También muchos usuarios de esta modalidad, quieren romper con las normas de convivencia previamente establecidas en los edificios residenciales y en las villas, causando incomodidad y disgustos entre los propietarios e inquilinos permanentes… (Opinión de Abigail, lector de Diario Libre, enero de 2024”). Muchos de los anfitriones de Airbnb desconocen el significado de lo que dijo Benito Juárez: “El respeto al derecho ajeno es la paz”. Su afán excesivo de acumular riqueza material, los induce a maltratar y dañar a sus amigos y vecinos.

Los perjudicados con las actuaciones desleales de Airbnb, esperan que el Poder Ejecutivo, el Ministerio de Turismo y la Dirección General de Impuestos Internos de RD, tomen en cuenta lo que ha plateado al respecto Elisa Mercado Hernández: “El aumento descontrolado de Airbnb ha generado importantes consecuencias en la sociedad, la economía y la vivienda. Si bien ha brindado oportunidades económicas para algunos y diversificado las opciones de alojamiento para los viajeros, también ha exacerbado la gentrificación, la escasez de vivienda asequible y los problemas relacionados con el turismo masivo. Esto subraya la necesidad urgente de políticas reguladoras que aborden estos desafíos de manera integral, buscando un equilibrio entre el beneficio económico y la sostenibilidad social y ambiental”. (https://bnzero.com/, marzo, 2024).

Más leídas