Cámara de Cuentas declaró en desacato al presidente del Colegio de Abogados, Miguel Alberto Surún Hernández.
La Cámara de Cuentas declaró hoy en estado de desacato al presidente del Colegio de Abogados, Miguel Alberto Surún Hernández, por no permitir que los auditores realicen las labores de lugar y al mismo tiempo solicitó a la PGR el uso de la fuerza pública a los fines de proceder con el mandato que la rige.
Dicha decisión del órgano rector de las auditorías del Estado está contenida en la resolución Número ADM-2021-010, emanada en la sesión ordinaria de hoy.
La CCRD solicitó a la Procuraduría General de la República (PGR), con atención a la Procuraduría Especializada de la Corrupción Administrativa (Pepca), el auxilio de la fuerza pública, a los fines de incautar las documentaciones que sean necesarias para cumplir con su rol constitucional.
Colegio de Abogados apodera al TC sobre conflicto con Cámara de Cuentas
La CCRD ha intentado en varias ocasiones auditar al Colegio de Abogados; no obstante. Todo esfuerzo ha resultado infructuoso ya que Hernández no ha permitido acceso auditores al alegar que se necesita sentencia del Tribunal Constitucional para tales fines.
Solicitud al TC
El conflicto suscitado entre el Colegio de Abogados (CARD) y la Cámara de Cuentas (CC) llegó al Tribunal Constitucional (TC) a través de una acción de Conflicto de Competencia que depositó el gremio que preside Miguel Surún Hernández.
Con el recurso el CARD procura que la alta corte ratifique su afirmación de que la CC no tiene facultad para auditar al gremio de abogados porque este no recibe fondos del presupuesto nacional ni maneja recursos públicos.
La CC insiste en que sí, e incluso dio un plazo de diez días al CARD para que recibiera a sus técnicos, que ya venció sin que Surún obtemperara al mismo.
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En la acción depositada por ante el TC el 11 de este mes, el CARD sostiene que quien tiene calidad para auditar los recursos del gremio es su Fiscal de Cuentas, en su calidad de auditor interno, junto a firmas auditoras privadas que contratan anualmente, conforme a lo establecido en el artículo 83 de la Ley 3-19 que creó la entidad gremial.