Operación 13: ¿Por qué Luis Maisichell Dicent no fue condenado?

Operación 13: ¿Por qué Luis Maisichell Dicent no fue condenado?

Luis Maisichell Dicent / Fuente externa

La «insuficiencia de pruebas» por parte del Ministerio Público, fue lo que provocó que Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional no condenara este lunes al exadministrador de la Lotería Nacional, Luis Maisichell Dicent, en el caso Operación 13.

Así lo alegó el tribunal presidido por Claribel Nivar e integrado por Yissel Soto y Katherine Rubio, en la sentencia donde se descarga de toda responsabilidad penal al exfuncionario y a Edison Miguel Perdomo. Además, se condena a otros ocho imputados.

El argumento de las tres magistradas fue que contra Dicent y Perdomo no se presentaron pruebas suficientes que destruyan su presunción de inocencia.

Indicaron que ante la insuficiencia indiciaria, “las cuales no fueron plurales ni contundentes”, las declaraciones dadas por los imputados no pudieron ser robustecidas, en virtud de lo establecido en el artículo 337 numeral 2 del Código Procesal Penal”.

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Por tales razones ordenaron el cese de las medidas de coerción que pesaban contra ambos y los liberaron de pago de costas penales, «las cuales deben ser soportadas por el Estado dominicano, en virtud de la absolución dada a los mismos».

Las juezas también ordenaron la devolución de los objetos ocupados al imputado Luis Maisichell Dicent, en los que se incluyen varios teléfonos celulares.

Los condenados

El Segundo Tribunal Colegiado condenó a los imputados William Lizardo Rosario Ortiz a 7 años de prisión; Eladio Batista Valerio (El Gago) y Felipe Santiago Toribio, a 6 años; y Miguel Mejía y Rafael Mesa, a 5.

También fueron condenado Carlos Manuel Beriguete Pérez, Jonhatan Augusto Brea Ovalle, y Valentina Rosario Cruz, quienes deberán cumplir cinco años de prisión (tres en la cárcel y dos suspendidos bajo reglas), quedando los mismos inhabilitados por un período de 5 años para el ejercicio de cargos u oficios públicos, en virtud del artículo 123 del código penal dominicano).

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