La jueza Kenya Romero, del juzgado de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, continúa este viernes con el conocimiento de la solicitud de medida de coerción contra los imputados del caso Calamar, a quienes el Ministerio Público les atribuye ser parte de una red de corrupción que distrajo al Estado dominicano más de 19 mil millones de pesos.
En la audiencia que esta pautada para iniciar a las 9:00 de la mañana, el órgano persecutor deberá concluir con la «calificación jurídica, la solicitudes de complejidad del proceso y la solicitud de imposición de coerción para los encartados», según lo informado por el fiscal Melvin Romero.
Romero indicó que en la pasada audiencia, el MP avanzó el 95 % la lectura de las 2,120 páginas que contiene el expediente acusatorio.
Dijo que el esquema de presentación fue distinto, porque tuvieron que combinar la presentación de la solicitud de medida con los hechos y fundamentar la participación de los implicados y las pruebas.
“Esto, porque al inicio de la audiencia la jueza se lo exigió a los fines de poder avanzar”, explicó.
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Los imputados en el caso Calamar
Entre los arrestados en la Operación Calamar, se encuentran el exministro de Hacienda, Donald Guerrero; ex ministro administrativo de la presidencia, José Ramón Peralta; exministro de Obras Públicas Gonzalo Castillo; ex contralor general de la República, Daniel Omar Caamaño; el exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), Luis Miguel Piccirilo; exdirector de Catastro Nacional, Claudio Silver Peña, el economista Ángel Lockward y los exdirectores de Casinos y Juego de Azar, Oscar Chalas Guerrero y Julián Omar Fernández.
Asimismo, están arrestados Roberto Santiago Moquete, Agustín Mejía Ávila, Emir Fernández de Paola, Marcial Reyes, Alejandro Constanzo, Yahaira Brito Encarnación, Ana Linda Fernández, Aldo Antonio Gerbasi, Ramón David Hernández, Víctor Matías Encarnación y Rafael Parmenio Rodríguez Encarnación.
La imputación preliminar del Ministerio Público en contra de los arrestados incluye conductas tipificadas en el artículo 146 de la Constitución de la República, así como los artículos 123, 166, 171, 172, 174, 175, 177, 265, 266, y 405 del Código Penal.
También, violaciones a las leyes 448-06 y 311-14, además de la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo y la Ley 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
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